REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, CONTENCIOSO Y ADMINISTRATIVO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 22 DE ABRIL DE 2004.-
194º y 145º

En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 12 de Febrero de 1997, por el Abogado JULIAN MARCANO ESCOBAR, inscrito en el INPREABOGADO bajo los Nos. 28.254, con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano FRANCK GERARDO MORENO AVENDAÑO, venezolano, mayor de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 8.071.247, han interpuesto juicio por RECURSO DE NULIDAD conjuntamente con AMPARO CONSTITUCIONAL, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MERIDA.
En fecha trece (13) de Enero de Dos Mil Cuatro (2004), los ciudadanos JOSE ITALO PEÑA MARQUEZ en su carácter de DIRECTOR DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE DE LA GOBERNACIÓN DEL ESTADO MERIDA, parte demandada, por una parte, y por la otra el ciudadano FRANCK GERARDO MORENO AVENDAÑO, parte demandante, presentan ACTA DE CONVENIMIENTO, solicitan a este Tribunal Superior, la homologación del convenimiento celebrado entre ambas partes y el archivo del expediente.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida la Transacción, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO, en el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano FRANCK GERARDO MORENO AVENDAÑO, en contra de la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MERIDA. Y se ordena el archivo del Expediente.-

EL JUEZ TEMPORAL,
..................fdo,...........................................................
FREDDY DUQUE RAMÍREZ
LA SECRETARIA,
.............................................fdo,................................
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
EXP. Nº 2453-97
Ems.