REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 21 de Abril de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2004-002281
AUTO DE MANDAMIENTO DE CONDUCCION
El Juez de Primera Instancia en lo Penal , en función de Control N° 05, del Circuito Judicial del Estado Barinas, en uso de las atribuciones legales y constitucionales a él conferidas y de conformidad con los artículos 282 y 310 del Código Orgáncio Procesal Penal y a petición de la Fiscalía Undecima del Ministerio Público de Barinas, la cual una vez analizadas sus actas se considera procedente y, por tanto se ACUERDA, expedir el presente MANDATO DE CONDUCCION, dirigido a la prenombrada Fiscalía, par que a través del órgano auxiliar de las investigaciones penales que tenga a bién designar haga conducir hasta la sede de la fiscalía Undecima del Ministerio Público a la ciudadana MARIA FRANCISCA RUJANO DE ALVAREZ, venezolana Titular de la Cédula de Identidad N° 9.362.671, residenciada en la parcela Los Cañitos , Sector Boca de Bum-Bum , Unidad Experimental Reserva Forestal de Ticoporo, Municipio Antonio Jose de Sucre del Estado Barinas, quien será interrogada por el representante Fiscal del Ministerio Público , como imputada en la presunta comisión de uno de los delitos de ACTIVIDADES ILICITAS EN AREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previsto y sancionado en el articulo en el artículo 58 de la Ley Penal del Ambiente, que sigue dicha fiscalía en las actuaciones signadas con el N° 06-F11-0145-04, nomenclatura de ese despacho de investigaciones penales.
Señala el precitado artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal que la conducción deberá realizarse con el debido respeto a sus derechos constitucionales, lo que significa entre otras que deberá ser llevada de manera inmediata ante el fiscal Undécimo y sólo ante el fiscal Undécimo del Ministerio Público del Estado Barinas, con sede en esta ciudad de Barinas, y en un plazo que no excederá de ocho horas contadas a partir de la conducción por la fuerza pública.
Remítanse dos (2) ejemplares en original del presente mandato de conducción con oficio a la fiscalía Undecima del Ministerio Público de Barinas, a los fines que le haga a entrega de uno de ellos a la persona de MARIA FRANCISCA RUJANO DE ALVES.
En Barinas, a los veintiún dias del mes de Abril de 2004.
EL JUEZ DE CONTROL No. 5
ALDO GONZÁLEZ ARIAS