REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Barinas, 15 de Abril de 2004.-
193º y 144º

La presente solicitud de Rectificación de Partida de Nacimiento fue presentado por la abogado Ángela Rodríguez, Fiscal Séptima de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de la Estado Barinas en resguardo de los Derechos y Garantías de la niña MAIRELIS COROMOTO GONZALEZ BENCOMO. Se persigue la Rectificación de Partida de Nacimiento de la niña MAIRELIS COROMOTO GONZALEZ BENCOMO, inscrito en los libros del Registro Civil de nacimiento llevados por la Prefectura de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas del Estado Barinas, bajo el Nº 486, inscrita en el año 1.993, y en el Registro Público Principal del Estado Barinas con el objeto que se corrija en dichas actas lo siguiente: el nombre del padre aparece asentado como JOSÉ JOAQUIN GONZALES GONZALES siendo lo correcto, JOSÉ JOAQUIN GONZALEZ GONZALEZ.

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

Que se acompaña a la solicitud:

PRIMERO: Copias de la partida de nacimiento Nº 486, de la niña MAIRELIS COROMOTO GONZÁLEZ BENCOMO, expedidas por el Prefecto de la Parroquia Rómulo Betancourt del Municipio Barinas y por el Registro Principal del Estado Barinas a los cuales se les da valor auténtico por cuanto fueron expedidas por funcionarios competentes.

SEGUNDO: Copia fotostática de la partida de nacimiento del ciudadano José Joaquín González González, expedida por el Registrador Principal del Estado Portuguesa.

TERCERO: Copia fotostática de la cédula de identidad Nº V-9.405.351 del ciudadano José Joaquín González González.




DECISIÓN:

Por los razonamientos antes expuestos, y con fundamento en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 501 del Código Civil vigente, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR, la presente acción de Rectificación de Partida de Nacimiento de la niña MAIRELIS COROMOTO GONZALEZ BENCOMO. En consecuencia estampese la correspondiente nota marginal.
Publíquese, Regístrese y expídanse copias de ley. Se ordena la devolución de los originales presentados, previa certificación en autos de copia fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, a los 15 días del mes de Abril de Dos Mil Cuatro.(L.S) La Juez Unipersonal N° 01(fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas a los 15 días del mes de Abril de dos mil cuatro.

La Secretaria,



Sandra Martínez





Exp. C-3908-04
delfi.-