TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 26 de Abril de 2004
193º y 144º
Vista la solicitud de Bienes de Niños y Adolescentes por el fallecimiento del ciudadano PEDRO ANDRES SANDIA CARDENAS y recaudos acompañados suscrito por la Fiscal Especializada abogado ANGELA RODRIGUEZ, en representación de las niñas KEIDIMAR ANDREA y KENDY PAOLA SANDIA MONTILLA, de 06 y 09 años de edad respectivamente. Por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la moral, a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa de la ley de conformidad con el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, SE ADMITE CUANTO HA LUGAR EN DERECHO, DESELE ENTRADA Y EL CURSO DE LEY CORRESPONDIENTE, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, désele curso conforme prevee los artículos 895 al 902 y 910 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena notificar de la admisión del presente procedimiento a la Fiscal Especializada mediante boleta. Así mismo Ofíciese al I.P.S.F.A a los fines de que envíen las cantidades de dinero solicitadas. Librese los oficio correspondientes. Diarícese y Cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Yolanda F. Guerrero y de la Secretaria Abog. Rosana Freitez. En la misma fecha se libraron las boletas y oficio N° ordenado. Conste: la Secretaria Abg. Rosana Freitez Sigue firma ilegible.
QUIEN SUSCRIBE, Rosana Freitez, en mi carácter de secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, del Expediente _______, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de procedimiento Civil.



La Secretaria.
Abog. Rosana Freitez

Exp. Nº S-4623-04
YFGG/jg.-