TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 05 de Marzo de 2004.
193º y 144º



Vista la diligencia de fecha 01/04/2004, cursante al folio 43 suscrita por los ciudadanos YANNEDYS LAYDEN SANCHEZ MILANO y ADOLFO ENRIQUE CORDERO RODRIGUEZ, asistidos por la Defensor Público abogado KALIDIA SANTANDER, en la cual informan que se a cancelado la deuda por parte del demandado por lo que solicitan el Cese y archivo de las presentes actuaciones. En consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACION AL REFERIDO CONVENIMIENTO Y ORDENA EL CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Abog. Yolanda F. Guerrero G. y la Secretaria Temporal Abog. Magleny Fernández. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria Temporal Abog. Magleny Fernández Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE Abog. Magleny Fernández, en mi carácter de Secretaria Temporal de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de ésta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio_________ del Expediente N° C-3875-04, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.

LA SECRETARIA TEMPORAL
Abog. Magleny Fernández

Exp. Nº C-3875-04
YFGG/jg.-