REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 14 de Abril de 2004
193º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000572
ASUNTO : EP01-R-2004-000020


Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO interpuesto por el Abogado NICOLA IAMARTINO, en su carácter de Undécimo del Ministerio Público, en el asunto N° EP01-P-2003-000572, en contra de la decisión dictada en fecha 05-02-04, por el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal, en la que la que ORDENO LA ENTREGA MATERIAL del vehículo marca: Ford, modelo: F-350, año: 1987, tipo: Estaca, placas: 350-XBM, clase: Camión, uso: Carga, serial carrocería: AJF3HM24658, serial motor: 18 cilindros al ciudadano: JOSE WILLIAM ROJAS VIVAS.

Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la Fiscalía del Ministerio Público. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible conforme al artículo 447 Ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal.


En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el Abogado NICOLA IAMARTINO, en su carácter de Fiscal Undécimo del Ministerio Público, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.

D I S P O S I T I V A


Por las razones antes expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN DE AUTO, interpuesto por el Abogado NICOLA IAMARTINO, en su carácter de Fiscal Undécimo del Ministerio Público, en contra de la decisión dictada en fecha 05-02-04, por el Tribunal Quinto de Control de este Circuito Judicial Penal.

De conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acordó dictar la correspondiente decisión dentro de los DIEZ (10) SIGUIENTES.

Líbrense las correspondientes Boletas de Notificaciones.

El Juez de Apelación Presidente,


Dr. Trino Mendoza I.


La Juez Vice-Presidenta, La Juez de Apelación,


Dra. Olga Ontiveros. Dra. Yris Peña de Andueza.
Ponente
La Secretaria,


Dra. Carolina Paredes.


Asunto N° EP01-R-2004-000020.
TMI/OO/YPdeA/CP/mm.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos.

Conste,


Dra. Carolina Paredes. Scria.