REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, CONTENCIOSO Y ADMINISTRATIVO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES.
BARINAS, 18 DE AGOSTO DE 2004.-
194º y 145º

En escrito presentado en este Tribunal Superior, el día Jueves Diecisiete (17) de Mayo de Dos Mil Uno (2001), por el abogado FREDDY ALBERTO MORA BASTIDAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.714.024, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 62.509, con el carácter de Co-Apoderado Judicial de la ciudadana LEDY BERENIS PEREIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.770.442, ha interpuesto RECURSO DE NULIDAD en contra del Acto Administrativo de la Medida de Reducción de Personal, suscrito por el ciudadano DIRECTOR DE LA OFICINA DE PERSONAL Y RECURSOS HUMANOS DEL EJECUTIVO DEL ESTAO MERIDA.
En fecha 06 de Agosto de 2004, diligenció la Abogada EVELIN SALAS, con el carácter de Apoderada Judicial de la ENTIDAD FEDERAL MERIDA, mediante la cual solicita a este Tribunal Superior, HOMOLOGAR el Acta de Reincorporación, celebrado entre la ciudadana LEDY BERENIS PEREIRA, parte recurrente, y DIRECTORA DE LA OFICINA DE RECURTSOS HUMANOS, parte recurrida, en fecha 31 de marzo de 2004, la cual aparece inserta en el presente expediente.
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida
el convenimiento, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de
la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACTA DE REINCORPORACION, Y SE LE DA CARÁCTER DE COSA JUZGADA, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA HOMOLOGADO EL ACTA DE REINCORPORACION, en el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por la ciudadana LEDY BERENIS PEREIRA en contra de la GOBERNACION DEL ESTADO MERIDA.-
EL JUEZ TEMPORAL,

FREDDY DUQUE RAMIREZ.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

ESKARLY OMAÑA DELGADO.

FDR/Elena.-
Exp. N° 3477-2001.-