REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 12 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-001058
ASUNTO : EP01-S-2003-001058


Visto en sala de audiencia del día 11-08-2004 donde el ciudadano JOSE PADILLA HURTADO, identificado en las actuaciones, exhibió el documento de propiedad sobre el vehículo tipo tractor, marca Carterpilla, modelo D(H, serial 49A19326, color amarillo, equipado con pala fija, modelo Bulldozer, autenticado por ante la Notaría Pública del Estado Barinas de fecha 28-08-1978, bajo el Nro. 163 folios vuelto del 138 al 139 y vto. del tomo XII de los libros de autenticaciones llevados por dicha notaría, y siendo que en fecha cuatro de abril del año 2003, este Tribunal de Control Nro. 02 hizo entrega del mencionado vehículo considerando que nuestra legislación civil señanla que tinene mejor derecho quién tenga la posesión del bien, y en el presente caso hasta el día en que produjo la decisión el Tribunal la posesión la tenía el ciudadano José Padilla Hurtado, persona esta que además presenta el respectivo documento de propiedad más antiguo. El Tribunal observa que han pasado más de un año sin que la Fiscalía haya interpuesto acto conclusivo alguno, aunado a que no se ha presentado el que alega haber comprado el mencionado vehículo a los fines de reclamar su derecho, lo que se toma como un desistimiento de su querer, es por ello que en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley se acuerda la entrega total del vehículo objeto de la presente causa al ciudadano JOSE PADILLA HURTADO, identificado anteriormente. Remítanse las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público.-






El Juez

El Secretario

Abog. Iris Yolanda Gavidia Araujo