REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 11 de Agosto de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000138
ASUNTO : EP01-P-2004-000138

ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Nueva Oportunidad.
JUEZ: Abg. Fanisabel González
FISCAL: Abg. Belkis Agrinzones
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas
IMPUTADO (S): EMILIANO USECHE,
DEFENSOR: Abg. Rafael Mitilo Veliz
DELITO: Tráfico de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas

En el día de hoy once de agosto de dos mil cuatro, siendo las 11:04 AM horas de la mañana, convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral incoada en contra del (la) ciudadano (a) EMILIANO USECHE venezolano, natural de el Socorro, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira, Soltero, de 38 años de edad, portador de la cédula de identidad N°11.491.822, de profesión u oficio Chofer y obrero, nacido en fecha 08/03/1965, hijo de Maximiliano Mendoza (f) y María Irene Useche (f), residenciado en La Piedrita, Municipio Andrés Eloy Blaco, Estado Barinas, TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el Artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de la Salubridad Pública; En este estado se constituyó el Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio n° 03 a cargo de la Juez Fanisabel González Maldonado, la secretaria de Sala Abg. Deicy Cáceres Navas y los alñguaciles de Sala Abg. Oswaldo Sandoval y Ramón Alvaréz; Se procede a dejar constancia de la presencia de las partes necesarias a tal efecto comparece la Defensa Privada Abg. Rafael Mitilo Veliz; el acusado de autos suficientemente identificado ciudadano Emiliano Useche; y los testigos ciudadanos Luis Alexander Altuve Santander y Wilfredo Antonio Roa Peña; En éste orden se deja constancia que el ciudadano defensor privado Abg. Rafael Mitilo veliz le hace saber al Tribunal que en virtud de tener prevista la realización de una Audiencia Preliminar, seguida en contra del ciudadano Rafael Alvarez con el Tribunal de Control N° 06, y por cuanto dicha audiencia ha sido diferida en repetidas oportunidades la celebración de la misma en el día de hoy, es impostergable, lo cual le impide atender el desarrollo del presente Juicio, por lo que respetuosamente solicita al tribunal se sirva Fijar una nueva oportunidad, así mismo le solicita al Tribunal se sirva acordar el traslado de su defendido desde la Comandancia General de la Policía hasta el Internado Judicial de Barinas, ya que así se lo ha solicitado su representado, quien le ha manifestado su deseo de asistir a las congregaciones de la Iglesia Evángelica que se realizan en el INJUBA; Se deja constancia igualmente, que la Oficina de Participación Ciudadana informó através del alguacil Oswaldo Sandoval que hasta la presente fecha no ha sido constituido el Tribunal Mixto de Juicio para el presente asunto penal; Se deja constancia que la ciudadana Fiscal del Ministerio Público Abg. Belkis Agrinzones se mantuvo atenta para asistir al presente juicio vía telefónica, no obstante en virtud de tener muchos asuntos pendientes en su despacho, por cuanto fue informada de la no realización del acto, no se hizo presente en el Circuito; En consecuencia en virtud de la solicitud expuesta por la defensa y por no estar constituido el tribunal Mixto de Juicio Se Acuerda FIJAR nueva oportunidad para realizar el Juicio oral y público para el día MARTES 24 DE AGOSTO DE 2.004 A LA 1:00 DE LA TARDE Se acuerda, notificar a la Fiscalía, a los testigos, funcionarios y expertos promovidos por las partes a los fines de la comparecencia para la nueva fecha acordada; Se ordena librar Oficio a la Oficina de Participación Ciudadana a los fines de que se sirvan realizar Sorteo Extraordinario para la Constitución definitiva del tribunal Mixto de Juicio. En cuanto a la solicitud de traslado del acusado desde la Comandancia General de la Policía del Estado Barinas hasta el INJUBA, Se acuerda dicho traslado por considerarlo procedente en consecuencia, Se Ordena librar Oficios a la Comandancia General de la Policía y Al Director del Injuba a los fines legales pertinentes. Las partes quedan notificadas de lo aquí acordado. Es todo; Terminó se leyó y conformes firman los presentes.-------------


La Juez de Juicio N° 03

Abg. Fanisabel González Maldonado
Defensor Privado:

Abg. Rafael Mitilo Veliz
EL ACUSADO:

EMILIANO USECHE

Los testigos:

Luis Alexander Altuve Santander

Wilfredo Antonio Roa Peña

La secretaria de Sala:

Abg. Deicy Cáceres Navas