REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 24 de Agosto de 2004
194º y 145º
ASUNTO: EL01-P-1999-000303.
Por cuanto en fecha 02 de Abril de 2001, se recibió de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Barinas; Informe Conductual Final del penado JACINTO RIVERA MÁRQUEZ, donde manifiestan que se cumplió el lapso de prueba establecido por el extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal-Barinas, al otorgar el beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, el cual finalizó el día 22-12-2001, dejando constancia de que el penado a pesar de que mantuvo cierta inestabilidad en sus trabajos, siempre se mantuvo ocupado haciendo diversas ocupaciones: albañilería, carpintería, latonería, etc. Hoy en su residencia de La Caramuca trabaja al frente de una pequeña carpintería. Se mantiene sin mayores problemas; este Tribunal considerando que en el presente Asunto no hay más diligencias pendientes que realizar es por lo que se acuerda CERRAR EL PROCESO PENAL, en relación al Ciudadano JACINTO RIVERA MÁRQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.837.963, de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Con oficio envíese el presente Asunto al Archivo Sede de este Circuito Judicial Penal.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,
ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.
LA SECRETARIA,
ABG. CARLA ARAQUE.