REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 30 de Agosto de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000243
ASUNTO : EP01-R-2004-000051

PONENCIA DE LA DRA. MARIA VIOLETA TORO


Visto el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana ZORAIDA ESTHER BENCOMO, asistida por los ABGS. CARLOS ALBERTO ROMERO ALEMAN, CARLOS DAVID CONTRERAS SANCHEZ Y NATALY GONZALEZ PAEZ, contra el auto dictado en fecha 31.05.04, por el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo del el Abogado PERPETUO REVEROL, mediante el cual acordó la notificación de la víctima para la Audiencia Preliminar, fijada para el día 03-06-04. Esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso, observa:

PRIMERO: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto, por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la víctima. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. TERCERO: Que la decisión que se apela es recurrible, según lo dispuesto en el ordinal 5° del artículo 447 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 450 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ZORAIDA ESTHER BENCOMO, asistida por los ABGS. CARLOS ALBERTO ROMERO ALEMAN, CARLOS DAVID CONTRERAS SANCHEZ Y NATALY GONZALEZ PAEZ, debe ser declarado admisible. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la ciudadana ZORAIDA ESTHER BENCOMO, asistida por Los ABOGADOS CARLOS ALBERTO ROMERO ALEMAN, CARLOS DAVID CONTRERAS SANCHEZ Y NATALY GONZALEZ PAEZ, contra el auto dictado en fecha 31.05.04 por el Tribunal Sexto de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual acordó la notificación de la víctima para la Audiencia Preliminar, fijada para el día 03-06-04, y de conformidad con el artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, se acuerda dictar la correspondiente decisión dentro de los DIEZ (10) DIAS HABILES SIGUIENTES a la fecha del presente auto de admisión. Notifíquese a las partes.

El Juez de Apelación Presidente.

Dr. Trino R. Mendoza I.

La Juez de Apelación Vicepresidente, La Juez de Apelación Suplente,

Dra. Yris Peña de Andueza Dra. María Violeta Toro
Ponente
La Secretaria Temporal,

Dra. Johann Vielma

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en autos. Conste.
La Sctria.


TRMI/YPdeA /MVT/JV/jbr.- Asunto: EP01-R-2004-000051