REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES

BARINAS, 21 DE ENERO DE 2004.
193º y 144 º

En escrito presentado en este Tribunal Superior, en fecha 10 de Mayo del 2000, por los Abogados MARIA JOSEFINA FORERO SILVA y JESUS RICARDO RAMOS REYES, titulares de la cédula de identidad Nos. V-8.144.998 y V- 3.856.374, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos. 31.435 y 42.131, con el carácter de Apoderados Judiciales de la ciudadana MIREYA DEL PILAR BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.380.632, domiciliado en la ciudad de Barinas del Estado Barinas, han interpuesto juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS.
En fecha ocho (08) de Diciembre de Dos mil tres (2003), los Abogados JESUS RICARDO RAMOS REYES Y MIREYA DEL VALLE FLORES SILVA, Venezolanos, titulares de la cédula de identidad N° V-3.856.374 y V-9.830.632, presentan ACTA DE CONVENIMIENTO, solicitan a este Tribunal Superior, la homologación del convenimiento celebrado entre ambas partes, asimismo, se le expidan copias fotostáticas certificadas del auto de homologación,
En el caso de autos, no existe ningún motivo legal que impida el CONVENIMIENTO, presentado, por consiguiente, este Tribunal Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO, conforme a lo previsto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.

Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior, DECLARA en el juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES, interpuesto por la ciudadana MIREYA DEL PILAR BRICEÑO, en contra de la ALCALDIA DEL MUNICIPIO BARINAS DEL ESTADO BARINAS.-

EL JUEZ TEMPORAL,

FREDDY DUQUE RAMIREZ.
LA SECRETARIA,

BEATRIZ TORRES MONTIEL.