REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES
BARINAS, 07 DE ENERO DE 2004.-
193º y 144º
En escrito presentado ante este Tribunal Superior, el día Jueves Dieciocho (18) de Diciembre de Dos Mil Tres (2003), por el Abogado SALVADOR CUBILLAN DIAZ, titular de la cédula de identidad N° V-2.883.941, inscrito en el INBPREABOGADO bajo el N° 10.770, con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano OTTO DE LOS REYES ARAUJO GONZALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.687.450, domiciliado en la ciudad de Mérida del Estado Mérida, ha interpuesto RECURSO CONTENCIOSO FUNCIONARIAL en contra del MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR.
Es necesario señalar que la competencia de este Tribunal en materia contencioso administrativa funcionarial, se encuentra regulada mientras no exista una Ley que regule la jurisdicción contencioso administrativo por lo dispuesto en el articulo 181 y 182 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, esto es, que este Tribunal le compete el conocimiento de las acciones o los recursos de nulidad contra los actos administrativos de efectos generales o particulares, emanados de autoridades estadales o municipales y dado que lo que se impugna en el presente recurso contencioso-funcionarial, es un acto administrativo contentivo del acto emanado del MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR, es un ente de la Administración Central, por lo cual debe aplicarse la competencia residual establecida en el articulo 185, ordinal 6° de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia , cuyo conocimiento le corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso administrativo. Y ASI SE DECIDE.-
Por razones anteriormente expuesta, este Tribunal se declara INCOMPETENTE PARA CONOCER DEL PRESENTE recurso de contencioso funcionarial INTERPUESTO POR EL Ciudadano MOTTO DE LOS REYES ARAUJO GONZALEZ. Contra del MINISTERIO DE EDUCACION SUPERIOR y declina el conocimiento de esta causa a la Corte Primera de lo Contencioso administrativo, con sede en la Ciudad de Caracas.
Désele salida inmediata al Expediente y envíese con Oficio.
EL JUEZ TEMPORAL,
Fdo,
FREDDY DUQUE RAMIREZ
LA SECRETARIA,
Fdo,
BEATRIZ TORREZ MONTIEL
Quien suscribe, BEATRIZ TORRES MONTIEL, Secretaria del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de los Andes. CERTIFICA. Que el anterior traslado es copia fiel y exacta de la original que aparece inserta en el Expediente N° 4754-2003, de la nomenclatura de este Tribunal Superior. Certificación que se expide en Barinas a los siete (7) días del mes de Enero de Dos Mil Cuatro (2004).-
LA SECRETARIA,
BEATRIZ TORRES MONTIEL.
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