REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 8 de Enero de 2004
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-001827
ASUNTO : EP01-S-2003-001827
Vista la solicitud interpuesta por el ciudadano ROJAS GARCIA JUAN CARLOS, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro. 12.618.105, domiciado en Av. José Angel Lamas, calle el placer 40-12 San Juan, por medio del cual solicita le sea entregado el vehículo con las siguientes características Marca Ford, Modelo Fiesta, Año 1998, Color Gris, Serial de Carrocería JJAAWP17279, Motor 4 cilindro, Clase Automóvil, Placa ADI_35K, Uso Particular, Tipo Sedan; el Tribunal observa que de las diligencias efectuadas por los entes de investigación penal a la Experticia Nro. 102 de fecha 06-02-03 efectuada sobre el vehículo en cuestión elaborada por los funcionarios Detective Raúl González y Agente Gabriel Vivas, donde se determinó que el vehículo presenta el serial de carrocería y motor en su estado original, al verificar por ante el sistema de información policial arrojando que se encuentra solicitado según averiguación G-167.708 de fecha 25-05-02, por el delito de robo por la Dirección Nacional de Investigación de Vehículo; en razón de que el mismo se encuentra solicitado este Tribunal NIEGA LA SOLICITUD INTERPUESTA SOBRE EL MISMO anteriormente identificado; ya que quién interpuso la denuncia por ante la Dirección Nacional de Investigación de vehículo a quién debe entregarse el mismo ; si el solicitante por ante esta instancia es un comprador de buena fe podrá ejercer la acción civil correspondiente ante el vendedor del vehículo en cuestión. Decisión que se dicta en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley y de conformidad a lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase las actuaciones a la Fiscalía del Ministerio Público una vez firme la presente decisión, notifíquesele al solicitante.- ASI SE DECIDE.-
El Juez
El Secretario
Abog. Iris Yolanda Gavidia Araujo Abg. Claudia Sanguinetti
En fecha________________se libró boleta de notificación nro._________
La Secretaria