REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 8 de Enero de 2004
193º y 144º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000343
ASUNTO : EP01-R-2003-000181



Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA, interpuesto por la Abg. CARMEN LUCIA RUMBOS, en el asunto N° EP01-P-2003-000343, en su condición de defensor privado de los acusados OMAR ENRIQUE CASTELLANOS LÓPEZ, CARLOS ALBERTO FARFAN RODRIGUEZ, FRANKLIN ESCALONA PEREZ Y LISETH DEL VALLE MORA PEREZ, contra la sentencia dictada en fecha 23-10-03, y Publicada el día 06-11-03, por el Tribunal Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la que CONDENO, a los acusados supra señalados, a cumplir la pena de CUATRO (4) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de DESVALIJAMIENTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES, previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio de WILFREDO BRICEÑO SANTOS.



Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la defensa de los acusados de autos. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el artículo 452 Ordinales 2° y 3° del Código Orgánico Procesal Penal.



En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA, interpuesto por la Abg. CARMEN LUCIA RUMBOS, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.


D I S P O S I T I V A

Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, interpuesto por la Abg. CARMEN LUCIA RUMBOS, en su condición de defensor privado de los acusados OMAR ENRIQUE CASTELLANOS LÓPEZ, CARLOS ALBERTO FARFAN RODRIGUEZ,, FRANKLIN ESCALONA PEREZ Y LISETH DEL VALLE MORA PEREZ, en contra de la sentencia dictada en fecha 23-10-03 y Publicada el día 06-11-03, por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal de este Circuito Judicial Penal.


De conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la DÉCIMA AUDIENCIA SIGUIENTE, a la fecha del presente AUTO DE ADMISIÓN a las 10:00 a.m., en la Sala N° 04, para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente.

Líbrense las correspondientes Boleta de Notificación


El Juez Presidente,


Dr. Trino Mendoza I.


La Juez Vice-Presidenta, La Juez de Apelación,


Dra. Yris Peña de Andueza. Dra. María Violeta Toro.
Ponente
La Secretaria,


Dra. Carolina Paredes.





En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos.


Conste,

Dra. Carolina Paredes.







Asunto N° EPO1-R-2003-000181.
TMI/YPdeA/MVT/CP/jbr.