REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 9 de Febrero de 2004
193º y 144º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-004665
ASUNTO : EP01-R-2003-000193
PONENTE: DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI.
ACUSADO: WILMER JOSÉ SÁNCHEZ POLANCO
VICTIMA: MAGALY DE MONTILLA
DELITO: HOMICIDIO SIMPLE Y FUGA DE DETENIDO
DEFENSA PRIVADA: ABG. HUGO MENDOZA.
FISCAL: ABG. ABRAHAM VALBUENA. Fiscal 1° del
Ministerio Público (Auxiliar)
MOTIVO: APELACIÓN DE SENTENCIA.
ASUNTO NÚMERO: EP01-R-2003-000193
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado HUGO MENDOZA, en su condición de Defensor Público del acusado, WILMER JOSÉ SÁNCHEZ POLANCO contra la sentencia dictada en fecha 19 de Noviembre de 2003 por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al referido acusado, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE Y FUGA DE DETENIDO, previstos y sancionados en los Artículos 407 Y 259 ambos del Código Penal; esta Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre la Admisibilidad o no del recurso, observa:
PRIMERO: El Recurso de Apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la defensa del acusado WILMER JOSÉ SÁNCHEZ POLANCO. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según lo dispone el artículo 452 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 437 ejusdem, el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado defensor del mencionado acusado, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECIDE.
D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por el Abogado HUGO MENDOZA, en su carácter de defensor Público del acusado WILMER JOSÉ SÁNCHEZ POLANCO, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al acusado de autos, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE Y FUGA DE DETENIDO, previstos y sancionados en los artículos 407 Y 259 ambos del Código Penal; en consecuencia, de conformidad con el artículo 455 procedimental, se fija la DECIMA (10) AUDIENCIA siguiente a la fecha del presente auto de Admisión, a las 11:30 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente. Notifíquese a las partes.
El Juez de Apelación, Ponente,
Dr. Trino R. Mendoza I.
El Juez de Apelación Vicepresidente, La Juez de Apelación
Dra. Yris Peña de Andueza Dra. María Violeta Toro
La Secretaria,
Dra. Carolina Paredes
Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.
La Sctria.,
Dra. Carolina Paredes
Asunto: EP01-R-2003-000193
TRMI/YPDE/MVT/CP/ydcg.-