REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 26 de Julio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000496
ASUNTO : EP01-P-2004-000496
La Fiscalía presentó a los imputados Luis Alfonso Romero Gómez y Alvaro Enrique Roncayo, por los hechos ocurridos el día 07-07-04 aproximadamente a ls tres de la tarde en la Avenida Nueva Torunos, cuando proceden a detenerlos en razón de que en una residencia habían robado a la persona que la cuidaba, con armas, dichos ciudadanos presuntamente se dieron a la fuga al ver la comisión policial hacia unos matorrales y uno de ellos tenía un arma blanca en la pretina del pantalón, en la camioneta que se encontraba cerca del lugar propiedad de unos de los imputados se encontró unas cajas de cerámicas; tales hechos los calificó la fiscalía como constitutivos del delito de robo agravado previsto en el artículo 460 del Código Penal. Por su parte la defensa solicitó libertad plena por no existir suficientes elementos de convicción en contra de sus defendidos. El Tribunal consideró que la aprehensión de los imputados no se produjo en situación de flagrancia por las series de contradicciones que consta en las actas, donde la supuesta víctima ciudadana Betys Coromoto Pérez de Heredia, manifiesta que los hechos ocurrieron el sábado, cuando los hechos realmente ocurrieron el día martes, aunado a que se habla de arma de fuego, donde en ningún lado aparece, el encargado no había logrado detectar lo que habían robado, y se habla de una cerámica que se encontró lo cierto que no hay testigos de la detención de los imputados, siendo que los detuvieron en el lugar de los hechos y el encargado manifiesta que habían varias personas cuando el logró salir, por que no hay testigos de la detención, en consecuencia se otorga libertad plena de los procesados y se acuerda el procedimiento ordinario, todo conforme a lo establecido en los artículos 248, 250 y 373 del COPP.
El Juez
El Secretario
Abog. Iris Yolanda Gavidia Araujo
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