REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 22 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000109
ASUNTO : EP01-P-2004-000109

ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Nueva Oportunidad

JUEZ: Abg. Fanisabel González
FISCAL : Abg. Belkis Agrinzones
IMPUTADO (S): NIXON RAMON CABEZAS VOLCANES
DEFENSOR: Abg. Douglas Reverol Abg. Carlos Romero Alemán
VICTIMAS: Hernán Avila Abreu y Ninoska Antunez
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas

En el día de hoy Jueves 21 de Julio de dos mil cuatro, siendo las 12 del mediodía oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral incoada en contra del (la) ciudadano (a) NIXON RAMON CABEZAS VOLCANES venezolano, natural de Barinitas Municipio Bolivar, Estado Barinas, Soltero, nacido en fecha 13-02-1.969, de 34 años de edad, portador de la cédula de identidad N°11.186.335, de profesión u oficio Taxista, hijo de Francisca María Volcanes Camacho (v) y Edecio antonio Cabeza Ortiz (f), residenciado en el Sector El Limoncito, callejón 26, casa 6-75 Barinitas Estado Barinas, Por los delitos de Robo Agravado, Resistencia a la Autoridad y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los Arts. 460, 219 y 278 del Código Penal Venezolano; Se constituye el Tribunal de Juicio N° 03 a cargo de la Dra. Fanisabel González, como secretaria de Sala la Abg. Deicy Cáceres Navas y el alguacil Wilmer Morillo, se procede a dejar constancia de la presencia de las partes necesarias, a tal efecto se deja constancia que comparece la representación Fiscal, el imputado de autos fue debidamente trasladado, los defensores privados no se hicieron presentes, comparecieron las víctimas ciudadanos Hernán Avila Abreu y Kaituska Antunez ; En éste estado la ciudadana Juez le informa a los presentes que éste Tribunal recibió información mediante oficio N° 213 de fecha 22 de Julio de 2.004 de la Oficina de Participación Ciudadana donde hacen saber que hasta la presente fecha no ha sido posible la Constitución del Tribunal Mixto de Juicio En consecuencia por las razones anteriormente expuestas éste Tribunal ACUERDA fijar nueva oportunidad para realizar el Juicio oral y Público correspondiendo para el día 09 de Agosto de 2.004 a las 11:30 de la mañana. Se ordena notificar a todas las partes necesarias: Defensa, Funcionarios, expertos, y testigos promovidos por las partes. Líbrese oficio a la Oficina de Participación Ciudadana informando sobre la nueva fecha acordada. Se deja constancia que habiéndose realizado tres llamados a la sala de audiencias no se hicieron presentes las demás partes necesarias, y habiéndose agotado el lapso de espera el Tribunal procede a fijar nueva oportunidad. Se realizarón los llamados a las 12:00 del medidía en virtud de que la sala de Audiencias N° 03 estab ocupada y el secretario de sala asignado se encontraba realizando audiencias del tribunal de Control N° 03. Es todo, terminó siendo las 12:30 del mediodía. Líbrese lo conducente.----------------------------------------------------
La Juez de Juicio N° 03

Dra. Fanisabel González Maldonado

Ministerio Püblico:

Abg. Belkis Agrinzones EL Acusado:

Nixon Ramón Cabezas
Las Víctimas:

Hernán Avila Abreu Ninoska Antunez
La Secretaria de Sala:

Abg. Deicy Cáceres Navas