REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 9 de Julio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EK01-P-2002-000059
ASUNTO : EK01-P-2002-000059
ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL
Nueva Oportunidad.
JUEZ: Abg. Fanisabel González Maldonado
FISCAL: Abg. Arlo Arturo Urquiola
IMPUTADO (S): JESUS ARMANDO ZAPATA HURTADO,
DEFENSOR: Abg. Carlos Romero Alemán Abg. Carlos David Contreras
VICTIMAS: Mariela Del valle Aranguren Vera (Occisa), Edwin Rafael Aranguren Vera (Occiso),
DELITO: Homicidio Calificado.
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas
En el día de hoy Viernes 09 de Julio de dos mil cuatro, siendo las 10:30 AM horas de la mañana, oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y público en la causa penal seguida en contra del (la) ciudadano (a) JESUS ARMANDO ZAPATA HURTADO venezolano, de 44 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.735.976, comerciante, natural de Guadualito Estado Apure, quien nació el día 21-10-69, residenciado el Barrio Guanaca Calle 3 Casa 3-24 - Barinas, por la comisión del delito de Homicidio Calificado previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal 3ero literal a del Código Penal en perjuicio de su cónyuge Mariela Aranguren y Homicidio Calificado previsto y sancionado en el artículo 408 ordinal segundo del Código penal Vigente en perjuicio del ciudadano Edwin Rafael Vera Aranguren; Se constituye el tribunal de Juicio N° 03 integrado por la ciudadana Juez Abg. Fanisabel González y al secretaria Abg. Deicy Cáceres Navas y los alguaciles Joe Oberto y Carlos Lugo; Seguido Se procede a dejar constancia de la presencia de las partes necesarias a tal efecto se constata que comparece el Fiscal Abg. Arlo Arturo Urquiola, el acusado de autos y se constató que no comparece la defensa privada; Acto seguido la ciudadana Juez le informa al acusado que en virtud de haberse recibido escrito donde el acusado solicita se le decrete su libertad inmediata de conformidad con el art. 244 del COPP dado que se encuentra detenido desde el día 17 de Abril de 2.002 sin que hasta la presente fecha haya habido una sentencia, este Tribunal se pronuncia en los siguientes términos: Por cuanto en fecha 10 de Junio del presente año, la defensa Privada que representa los derechos e intereses del ciudadano Jesús Armando Zapata interpuso Recurso de Apelación de Auto contra la decisión de éste tribunal que negó la solicitud de Medida Cautelar Sustitutiva, se le hace saber en este acto al ciudadano Jesús Armando Zapata que es a la Corte de Apelaciónes a quien le corresponde decidir sobre su libertad o no, y hasta la presente fecha la Corte no ha dictado su pronunciamiento, de manera que hasta que la Corte no dicte la correspondiente decisión, éste Tribunal no puede decidir sobre la cautelar sustitutiva de privación, de manera que el tribunal deja constancia que en este acto se le da respuesta oportuna sobre la solicitud presentada por el ciudadano Jesús Armando Zapata en fecha 11 de Julio de 2.004 mediante el ofico 1146, asistido por la Abg. Esmeralda Romero en su carácter de Cosultor Jurídico del Internado Judicial del estado Barinas; En éste estado el Fiscal del Ministerio Püblico Abg. Arlo Urquiola manifiesta que se compromete nuevamente a hacer comparecer a todos sus testigos una vez que se inicie efectivamente la realización del presente juicio, ya que los testigos manifiestan incomodidad de comparecer pues se han cansado de reiterados diferimientos por ausencia de la defensa. Es todo" En consecuencia por no encontrarse la defensa privada para el desarrollo del presente acto Se acuerda FIJAR nueva oportunidad para el día JUEVES 15 DE JULIO DE 2.004 A LAS 11:30 DE LA MAÑANA En consecuencia Se acuerda Librar las citaciones y notificaciones correspondientes a Los Defensores privados y a los testigos promovidos por al defensa, Librar Oficio a la Oficina de Participación Ciudadana; Se deja constancia que una vez concluido el acto el acusado manifestó su voluntad de no suscribir la presente acta. Es todo terminó, se leyó y conformes firman los presentes.----------------------------
La Juez de Juicio N° 03
Abg. Fanisabel González Maldonado
Fiscal del Ministerio Público:
Abg. Arlo Arturo Urquiola
ACUSADO:
JESUS ARMANDO ZAPATA HURTADO
Los Alguaciles de Sala:
Carlos Lugo Joe Oberto
La Secretaria:
Abg. Deicy Cáceres Navas
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