REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

D I S P O S I T I V A

Por los motivos antes expuestos, este Tribunal Cuarto de primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el Sobreseimiento de la presente causa a favor de MATÍAS ANDRADE GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 10 720 100, residenciado en El Caldero, Estado Barinas, por haber cumplido con las condiciones impuestas por este tribunal, durante el régimen de prueba de tres años, en virtud de la medida de Suspensión Condicional del Proceso, de conformidad con lo previsto en el artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal , vigente para la fecha en que fue concedida la medida.
Notifíquese a las partes fiscal y defensa, probacionarios y víctima. Remítase al archivo judicial una vez firme la presente decisión.

La Juez Cuarta de Juicio,

Abog. Dora Riera Cristancho



La Secretaria,

Abog. Carla Araque.