TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 16 de Julio de 2004.
194 º y 145 º



Vista el convenimiento inserto en acta de fecha 15/07/2004, cursante al folios 23 concerniente a la Audiencia de Juicio por VIOLACIÓN A LA OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, suscrito por los ciudadanos ROSA MORA y CATALINO ANTONIO CRESPO VIVAS, C.I Nº Nros V-9.265.082; V-11.715.268 respectivamente. En consecuencia esta sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley IMPARTE HOMOLOGACION AL REFERIDO CONVENIMIENTO de conformidad con lo previsto en el artículo 323 Literal “E” LOPNA. En consecuencia SE ACUERDA LA SUSPENSIÓN DEL PROCESO para cumplir con el referido convenimiento de pago voluntario. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Nº 2 Abg. Yolanda F. Guerrero. Y la Secretaria Abg. Rosana Freitez. En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Rosana Freitez.
Quien suscribe Abg. Rosana Freitez, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente C-3707-04, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.



La Secretaria.
Abg. Rosana Freitez A.

Exp. Nº C-3707-04
YFGG/jg.-