REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

orte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 28 de Julio de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000461
ASUNTO : EP01-R-2003-000200



Visto el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público BELKYS AGRINZONES, en la causa Nro. EP01-R-2003-000200; contra el auto dictado en fecha 12-11-2003, por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en el cual se NEGO LA VERIFICACION DE SUSTANCIAS.

Esta Corte observa: 1.Que dicho RECURSO DE APELACION DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente, el derecho de recurrir, como lo es la Fiscalía del Ministerio Público, actuando en este acto la Fiscal BELKYS AGRINZONES; 2. Que el Recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el Artículo 447 ordinal 1º. del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, llenos los extremos legales, antes señalados de conformidad con lo establecido en el Artículo 450 en su Acápite Ejusdem, el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público BELKYS AGRINZONES, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas; esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ADMISIBLE el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público BELKYS AGRINZONES, en contra del AUTO dictado en fecha 12-11-03, por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal.
De conformidad con el Artículo 450 en su primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se fija el DECIMO (10) DIA HABIL, siguiente a la fecha del presente AUTO DE ADMISION, para dictar la correspondiente decisión.


Líbrense las correspondiente BOLETAS DE NOTIFICACIONES.

EL JUEZ PRESIDENTE

TRINO MENDOZA ISTURI

LA JUEZ VICE PRESIDENTA LA JUEZ

OLGA ONTIVEROS. YRIS PEÑA DE ANDUEZA
(PONENTE)

LA SECRETARIA

CAROLINA PAREDES.


EN ESTA MISMA FECHA SE LIBRARON LAS CORRESPONDIENTES BOLETAS DE NOTIFICACIONES.

CONSTE

LA SECRETARIA

CAUSA EP01-R-2003-000200
TMI/ OO/ YPDA/ CP/ jb.