REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
orte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 28 de Julio de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000461
ASUNTO : EP01-R-2003-000200
Visto el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público BELKYS AGRINZONES, en la causa Nro. EP01-R-2003-000200; contra el auto dictado en fecha 12-11-2003, por el Juzgado Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en el cual se NEGO LA VERIFICACION DE SUSTANCIAS.
Esta Corte observa: 1.Que dicho RECURSO DE APELACION DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente, el derecho de recurrir, como lo es la Fiscalía del Ministerio Público, actuando en este acto la Fiscal BELKYS AGRINZONES; 2. Que el Recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el Artículo 447 ordinal 1º. del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, llenos los extremos legales, antes señalados de conformidad con lo establecido en el Artículo 450 en su Acápite Ejusdem, el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público BELKYS AGRINZONES, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas; esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ADMISIBLE el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público BELKYS AGRINZONES, en contra del AUTO dictado en fecha 12-11-03, por el Juzgado Primero de Control de este Circuito Judicial Penal.
De conformidad con el Artículo 450 en su primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se fija el DECIMO (10) DIA HABIL, siguiente a la fecha del presente AUTO DE ADMISION, para dictar la correspondiente decisión.
Líbrense las correspondiente BOLETAS DE NOTIFICACIONES.
EL JUEZ PRESIDENTE
TRINO MENDOZA ISTURI
LA JUEZ VICE PRESIDENTA LA JUEZ
OLGA ONTIVEROS. YRIS PEÑA DE ANDUEZA
(PONENTE)
LA SECRETARIA
CAROLINA PAREDES.
EN ESTA MISMA FECHA SE LIBRARON LAS CORRESPONDIENTES BOLETAS DE NOTIFICACIONES.
CONSTE
LA SECRETARIA
CAUSA EP01-R-2003-000200
TMI/ OO/ YPDA/ CP/ jb.