REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Barinas, 01 de Junio de 2004
193º y 144º

Vista la solicitud de Únicos y Universales Herederos, recibida en fecha 07-07-2003 presentada por los ciudadanos BALBINA MONTES, ELENIS MAXIMILIANA FLORES MONTES Y JOSE ROSARIO FLORES MONTES, en la cual solicitan la declaración de Únicos y Universales Herederos a ELENIS MAXIMILIANA, JOSE ROSARIO (mayores de edad), CECILIA DEL PILAR Y EFIGENIA DEL VALLE FLORES MONTES.

EL TRIBUNAL OBSERVA:

En fecha 10-07-2003, esta sala de Juicio admitió la solicitud y se ordeno la notificación del Fiscal del Ministerio Publico.

La boleta de notificación fue consignada en fecha 14-07-2003, debidamente firmada por la Fiscal Séptima del Ministerio Publico

Por cuanto se observa que desde el día 10-07-2003, fecha en la cual este Tribunal le dio entrada a la siguiente causa hasta la presente fecha no ha habido actuación procesal por la parte actora, lo que evidencia que han transcurrido diez (10) meses sin que haya habido impulso procesal por la parte actora, lo que evidencia que refleja falta de interés, en el presente proceso de jurisdicción voluntaria, esta Sala de Juicio ordena la extinción del mismo y el archivo del expediente.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los días del mes de Junio de Dos Mil Cuatro. (L.S) La Juez Unipersonal Nº 01(fdo) Abg. Reyna de Varela. La Secretaria (fdo) Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas al primer día del mes de Junio de dos mil cuatro.
La Secretaria
Sandra Martínez
Exp. Nº S-3799-03
deyci.-