En horas de Despacho del día de hoy, Primero de Junio de Dos Mil Cuatro, siendo las 11:15 a.m., comparecen voluntariamente por ante esta Sala de Juicio los ciudadanos Leonardo Alberto Maldonado Rivas, Yoleida del Carmen Pernía Ceballos y María Esther Rivas Angulo, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nº V-15.829.642 y V-17.987.706 y 4.929.460, respectivamente, domiciliados en la Población de la Caramuca del Municipio Barinas Estado Barinas, y expusieron: “Que los dos primeros de los nombrados dan en Colocación Familiar a su hijo Cesar Yonalberth Maldonado Pernía, de Seis (06) meses de edad, a la ciudadana María Esther Rivas Angulo, antes identificada en su condición de abuela paterna, por cuanto ellos no cuentan con los recursos económicos necesarios para darle un bienestar a su hijo y solicitan a éste Tribunal acuerde la Colocación Familiar. La ciudadana María Esther Rivas Angulo, manifiesta estar de acuerdo con la presente Colocación Familiar. En este mismo acto consignó copia certificada de la partida de nacimiento del niño Cesar Yonalberth Maldonado Pernía. En consecuencia esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Juez Unipersonal Nº 01, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda impartir su homologación al presente convenio, lo considera asunto basado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devaluación de los originales presentados previa certificación en autos de copias fotostáticas.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Juez Unipersonal Nº 01, en Barinas a al Primer día del mes de Junio de Dos Mil Cuatro. (L.S) La Juez Unipersonal Nº 01(fdo) Reyna de Varela. Los Exponentes (fdos). La Secretaria (fdo) Sandra Martínez. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original lo certifico en Barinas al Primer día del mes de Junio de dos mil cuatro.-
La Secretaria,
Sandra Martínez
Exp. Nº S-4742-04
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