TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 14 de Junio de 2004.
194 º y 145 º
Por cuanto de la revisión detalladas de las actas procesales se evidencia, que la Fiscal Especializada abogado ANGELA RODRIGUEZ, previa notificación no insto la continuidad del presente procedimiento en el lapso legal en fecha 07/06/2004, según acta levantada en fecha 24/05/2004, no compareciendo en dicha oportunidad ni la demandante ciudadana DARALIS YAKELYN CONTRERAS, C.I N° V-16.189.584, ni el demandado ciudadano EUGENIO ANTONIO OJEDA, C.I N° V-10.563.603, en consecuencia este Tribunal en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la ley se Declara Desistido el procedimiento de conformidad con el artículo 323 Literal “A” de la LOPNA, ordenándose en consecuencia el cese del mismo y el Archivo del expediente. Diarícese y cúmplase.
La Juez Unipersonal Nº 2.
Abg. Yolanda F. Guerrero. La Secretaria.
Abog. Rosana Freitez A.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste:
La Secretaria
Abog. Rosana Freitez A.
Exp. Nº C-3827-04
YFGG/jg.-
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