TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO -JUEZ UNIPERSONAL Nº 2
Barinas, 22 de Junio de 2004.
194 º y 145 º

Por cuanto de la revisión detalladas de las actas procesales se evidencia, que la Fiscal Especializada abogado ANGELA RODRIGUEZ, previa notificación no insto la continuidad del presente procedimiento en el lapso legal en fecha 16/06/2004, según acta levantada en fecha 10/06/2004, no compareciendo en dicha oportunidad ni el demandante ciudadano MARCO ANTONIO ZICARELLI DELGADO, C.I N° V-13.278.426, ni la demandada ciudadana ROSA ALBA GARCIA ALVARADO, C.I N° V-11.717.761, en consecuencia este Tribunal en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la ley se Declara Desistido el procedimiento de conformidad con el artículo 323 Literal “A” de la LOPNA, ordenándose en consecuencia el cese del mismo y el Archivo del expediente. Diarícese y cúmplase. En la misma fecha se cumplió lo ordenado. Conste: Sigue firma ilegible de la Secretaria Rosana Freitez.
Quien suscribe Abg. Rosana Freitez, en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial, CERTIFICO que anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, Cursante al folio____ del Expediente C-4079-04, todo de conformidad con el articulo 112 del Código de procedimiento Civil.



La Secretaria.
Abg. Rosana Freitez A.

Exp. Nº C-4079-04
YFGG/jg.-