REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROJAS Y SOSA

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
DIRECCION EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ROJAS Y SOSA
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS

COMISION N° 21 /2003
MEDIDA A EJECUTAR: ENTREGA DE INMUEBLE
TRIBUNAL COMITENTE: JUZAGADO DE PRIMERA INSTACIA DEL TRABAJO, TRANSITO Y AGRARIO DEL ESTADO BARINAS
INTERDICTANTE: GOMEZ DE HERNANDEZ TRINA
INTERDICTADOS: LUIS MARTINEZ, LEOPOLDO BARRIOS Y OTRROS.
ABOGADO ACTOR: FELIX MOISES ROSALES.

En el día de hoy 16 de junio de 2004, siendo las once de la mañana (11:00 Am), se trasladó y constituyó el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Rojas y Sosa de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en la carretera Libertad – El Palito, llevando este Tribunal la intención de constituirse en el fundo “Los Totumitos”, a los fines de practicar la entrega de un lote de terreno constante de aproximadamente cinco (05) hectáreas al apoderado de la parte actora Abogado Félix Moisés Rosales quien se encuentra presente, comisión ésta emitida por el Juzgado de Primera Instancia del Trabajo, Transito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas. Una vez cercano al sitio, el Tribunal y la comisión fueron recibidos por una horda enardecida de personas, quienes obstaculizaron la vía con trincheras de fuego, lanzando al Tribunal y a la comisión objetos contundentes y bombas Molotov, haciendo imposible el arribo del Tribunal a su destino. Sin embargo, se trató de persuadir a estas personas y por respuestas se obtuvo una serie de amenazas y la negativa de dejar pasar la comisión. Presente en el sitio la Abogada Isabel Cristina Espinoza Mora, en su condición de Procuradora Agraria Regional (Encargada) según providencia J.A.P.A.N- N° 0010-04, de fecha 25 de mayo de 2004; quien alegó la tenencia de Cartas Agrarias por parte de los ocupantes allí presentes, el Tribunal deja constancia que fue presentada para su vista y devolución Carta Agraria otorgada a la ciudadana Maria Nazaria Alvarado, quien alega que las cinco hectáreas a ejecutar se encuentran dentro de las 25 hectáreas que le fueron adjudicadas con el otorgamiento de la Carta Agraria, no siendo posible la verificación por parte del Tribunal, debido a la imposibilidad de llegar al sitio. En este estado el Abogado de la parte actora Félix Moisés Rosales, solicita el derecho de palabra y concedídole expuso: “Vista la instrumental presentada por la ciudadana Maria Nazaria Alvarado, en cuyo contenido se puede leer que la misma responde a las denominadas Cartas Agrarias y por cuanto dicho instrumento es de los establecidos por el código civil en su artículo 1.371 por ser cartas misivas o documentos privados que no tienen efectos contra terceros, por lo tanto y estando en ejecución de sentencia no son dichos instrumentos los establecidos en nuestra norma adjetiva civil, para suspender la ejecución de una sentencia definitivamente firme, es por todo ello, que solicito o reclamo para el Juzgado comitente o de la causa se sirva ordenar la ejecución, advirtiendo situación o necesidad de ejecutar lo decidido en la actio judicatio. Es todo”. Vista y oídas las partes este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Rojas y Sosa del Estado Barinas, acuerda remitir la comisión al Tribunal de la causa, a fin de que decida lo conducente. Acompañan al Tribunal en esta ocasión los ciudadanos: Pedro Sierra, titular de la cédula de identidad N° 8.142.776, representante de la depositaria judicial GEFRAMA S.R.L., Henry Gallardo titular de la cédula de identidad N° 9.989.093, en su condición de práctico reconocedor y la comisión de la Guardia Nacional integrada por los Cabos Segundos José Aguaje Briceño, Carlos Peraza, Luis Contreras y Alfredo Jiménez, titulares de las cédulas de identidad N° 9.406.437, 11.401.220, 11.300.606 y 9.579.759 respectivamente. El Tribunal deja constancia que la situación presentada en el sitio fue objeto de filmación por la parte actora, con una cámara filmadora marca Panasonic, Palm Carder – VHS-C, modelo N° NV-VJ6IDN. Serial: A1LA10893, Cinta Panasonic SHG. Este Tribunal, por las razones anteriormente expuestas, acuerda a su sede de origen siendo las 12:45 pm. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

FDO La Juez, Comisión de la Guardia Nacional, representante de la depositaria judicial, abogado actor, la Procuradora Agraria Regional, El práctico Reconocedor, El Secretario.-