JUZGADO DEL MUNICIPIO ANTONIO JOSÉ DE SUCRE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.
Socopó, 09 de Junio de 2004.
194° y 145°
EXPEDIENTE N° 333-04.
Visto el convenimiento de OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA, suscrita en fecha 09-06-2004, para el niño JESUS ALEJANDRO SANCHEZ PEREZ, por el ciudadano JESUS DELFIN SANCHEZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-15.824.266, domiciliado en el Barrio Esmalta Camejo en el Taller “ Chamo Candela” de la población de Socopó del Estado Barinas, parte demandada en el presente juicio, y la parte demandante ALEJANDRINA PÉREZ, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°V-12.824.266, domiciliada en el Barrio La Esperanza casa S/N de la población de Socopó del Estado Barinas.
EL TRIBUNAL OBSERVA:
PRIMERO: corre inserta al expediente Copia Certificada de la Partida de Nacimiento del niño de auto.
SEGUNDO: los ciudadanos antes identificados convinieron por ante este Tribunal, que el primero de los nombrados, ofrece la cantidad de BOLÍVARES OCHENTA MIL (Bs. 80.000,00) mensual, y se compromete a cubrir los gastos de medicinas en caso de enfermedad y vestuario en época decembrina.
Este Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN AL PRESENTE CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA. Asimismo se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, regístrese y expídase copias de Ley.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Antonio José de Sucre de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Socopó, a los Diez (10) días del mes de Junio de Dos Mil Cuatro. AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
LA JUEZ.
AB. DORIS GRACIELA PEÑA.
LA SECRETARIA TEMP.
MAYRA ALEJANDRA PÉREZ.
DGP/map.
EXP. N° 333-04.
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