REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


Corte de Apelaciones Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 22 de Marzo de 2004
193º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EK01-P-2001-000005
ASUNTO : EP01-R-2004-000001


Visto el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público IRAIDA GUILLEN CANTAFIO, en la causa Nro. EP01-R-2004-000001; contra el auto dictado en fecha 14-01-2004, por el Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, donde se OTORGO MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD a los imputados JESUS RAMON PAREDES, RAMON ELIGIO MOLINA MORA. LUIS ALIRIO CASTRO SANTO y JOSE TEODORO RANGEL GONZALEZ.

Esta Corte observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACION DE AUTO, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente, el derecho de recurrir, como lo es la Fiscalía del Ministerio Público; 2. Que el Recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el Artículo 447 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.

En consecuencia, llenos los extremos legales, antes señalados de conformidad con lo establecido en el Artículo 450 en su Acápite Ejusdem, el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público IRAIDA GUILLEN CANTAFIO, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Por las razones antes expuestas; esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA ADMISIBLE el RECURSO DE APELACION DE AUTO interpuesto por la Fiscal del Ministerio Público IRAIDA GUILLEN CANTAFIO, en contra del AUTO dictado en fecha 14-1-04, por el Juzgado Primero de Juicio de este Circuito Judicial Penal.

De conformidad con el Artículo 450 en su primer aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se fija el DECIMO (10) DIA HABIL, siguiente a la fecha del presente AUTO DE ADMISION, para dictar la correspondiente decisión.

Líbrense las correspondiente BOLETAS DE NOTIFICACIONES.

EL JUEZ PRESIDENTE

TRINO MENDOZA ISTURI

LA JUEZ VICE PRESIDENTA LA JUEZ

OLGA ONTIVEROS. YRIS PEÑA DE ANDUEZA
(PONENTE)

LA SECRETARIA

CAROLINA PAREDES.


EN ESTA MISMA FECHA SE LIBRARON LAS CORRESPONDIENTES BOLETAS DE NOTIFICACIONES.

CONSTE

LA SECRETARIA

CAUSA EP01-R-2004-000001
TMI/ OO/ YPDA/ CP.