Exp. N° 801-04
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-
La presente demanda de Rectificación del Acta de Matrimonio del Registro Civil, fue intentada por la ciudadana IRRADIES CASTRO ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.875.876, debidamente asistida por el abogado en ejercicio YORSELY COROMOTO SUAREZ PRATO, de este domicilio, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 79.786.
Se persigue la Rectificación del Acta de Matrimonio de los ciudadanos JOSE GREGORIO PEREZ PEREZ Y IRRADIES CASTRO ROA, inserta en los libros de Registro Civil de matrimonios llevados por la Prefectura del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas y por el Registrador Principal del Estado Barinas, bajo el N° 354, durante el año 2.001 en el sentido de que se corrija en dicha acta el siguiente error: Aparece el nombre de la cónyuge como IRRADIES y su número de cédula de identidad como N° V-10.875.878 siendo lo correcto IRAIDES titular de la cédula de identidad N° V-10.875.876.
El Tribunal para decidir, hace las siguientes consideraciones:
P R I M E R A:
Con el libelo de la demanda se acompañó Copia Certificada del Acta de Matrimonio de los ciudadanos JOSE GREGORIO PEREZ PEREZ e IRRADIES CASTRO ROA, expedida por la Prefectura del Municipio Antonio José de Sucre del Estado Barinas y por el Registrador Principal del Estado Barinas, a dicha copia por haber sido expedida por funcionario competente para ello se le da valor auténtico y hace plena prueba de la Rectificación que se solicita, y así se establece.
Igualmente se acompaño copia fotostática de su cédula de identidad donde se identifica como IRAIDES CASTRO ROA, y su número correcto de cédula es N° V-10.875.876, a dicha copia se le da valor fidedigno por no haber sido impugnada.
Considera el Tribunal que en el presente caso se dan los presupuestos del Artículo 773 del Código Procedimiento Civil Vigente, pues se trata de un error material al colocar el nombre de la cónyuge como IRRADIES y su número de Cédula de Identidad del cónyuge como N° V-10.875.878, siendo lo correcto que su nombre es IRAIDES y su número correcto de cédula de identidad es N° V-10.875.876; debiéndose proceder sin más dilación a declarar la rectificación solicitada; y así se establece.
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