REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 24 de Mayo de 2004
194º y 145º

ASUNTO: EL01-P-1999-000128.

Por cuanto en fecha 03 de Agosto de 2000, este Tribunal de Ejecución N° 01 otorgó el Beneficio de Destacamento de Trabajo al Penado JOSÉ VICENTE PÉREZ GUTIÉRREZ, donde quedó sujeto a la vigilancia de la Autoridad respectiva, hasta el día 27 de Abril de 2004, que cumplió la pena que le fue impuesta y según Oficio de fecha 12-05-2004 procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Barinas, mediante el cual informan a este Despacho que el mencionado penado cumplió satisfactoriamente sus presentaciones por el tiempo estipulado, este Tribunal considerando que en el presente Asunto no hay más diligencias pendientes que realizar es por lo que se acuerda CERRAR EL PROCESO PENAL, en relación al Ciudadano JOSÉ VICENTE PÉREZ GUTIÉRREZ, titular de la Cédula de Identidad N° 9.985.723, de conformidad con lo establecido en el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena su remisión al Archivo Judicial de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, a los fines legales consiguientes. Envíese con Oficio. Notifíquese a las partes.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,


ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.

LA SECRETARIA,


ABG. CARLA ARAQUE.