REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES
Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 13 de Mayo de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EJ01-S-2002-000001
ASUNTO : EP01-R-2004-000030
Visto el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA, interpuesto por el Abg. RALFIS CALLES RIVAS, en el asunto N° EJ01-S-2002-000001, en su condición de defensor privado, contra la sentencia definitiva dictada en fecha en fecha 16-03-04, por el Tribunal Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en la que CONDENO, a la acusada MAIRA YAQUELINE GOMEZ EREU, a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de TRANSPORTE DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO.
Esta Corte de Apelaciones, observa: 1. Que dicho RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho de recurrir, como lo es la defensa de la acusada de autos. 2. Que el Recurso fue interpuesto en el lapso legal correspondiente. 3. Que la decisión impugnada es recurrible, según lo establece el artículo 452 Ordinales 1° y 2° del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, llenos los extremos legales antes señalados, de conformidad con lo establecido en el artículo 437 Ejusdem, el RECURSO DE APELACIÓN DE SENTENCIA DEFINITIVA, interpuesto por el Abg. RALFIS CALLES RIVAS, debe ser declarado ADMISIBLE. Y ASI SE DECLARA.
D I S P O S I T I V A
Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACION DE SENTENCIA, interpuesto por el Abg. RALFIS CALLES RIVAS, en su condición de defensor privado acusada MAIRA YAQUELINE GOMEZ EREU, contra la sentencia dictada en fecha 16-03-04 por el Juzgado Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal.
De conformidad con el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la DÉCIMA AUDIENCIA SIGUIENTE, a la fecha del presente AUTO DE ADMISIÓN a las 10:00 a.m., en la Sala N° 04, para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente.
Líbrense las correspondientes Boleta de Notificación
El Juez Presidente,
Dr. Trino Mendoza I.
La Juez Vice-Presidenta, La Juez de Apelación,
Dra. Olga Ontiveros. Dra. Yris Peña de Andueza.
Ponente.
La Secretaria,
Dra. Carolina Paredes.
Asunto N° EPO1-R-2004-000030.
TMI/OO/YPdeA/CP/mm
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos.
Conste,
Dra. Carolina Paredes.