REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-

Barinas, 18 de noviembre del 2004.
194º y 145º

Nro. 06-11-04.

Visto el escrito presentado en fecha 15 de los corrientes por el accionante ciudadano Luis Alberto Zambrano, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.001.563, asistido por la abogada en ejercicio Blanca Cecilia Duarte, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.506 por una parte, y por la otra el demandado ciudadano José Ramón Pérez Molina, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 4.927.387, asistido por la abogada en ejercicio Livis Guevara, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 62.418, mediante el cual el demandante desiste del procedimiento y de la acción de cobro de bolívares por vía ejecutiva intentada, manifestando el demandado su aceptación, y llenos como se encuentran los extremos a que se contraen los artículos 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al desistimiento del procedimiento y de la acción, y le da valor de cosa juzgada. En consecuencia, se suspende la medida de embargo ejecutivo decretada por este Tribunal en fecha 06-10-1998 y practicada por el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Obispos y Cruz Paredes de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en fecha 18 de febrero del 1999, y se ordena participar lo conducente a la Oficina de Registro Subalterno respectiva. Líbrese oficio. Remítase el presente expediente al Registro Principal de este Estado, a los fines de su archivo. Désele salida en los libros respectivos.

La Juez Provisorio,


Abg. Reina Chejín Pujol.
La Secretaria,


Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.

En la misma fecha se libró oficio. Conste.
La Secretaria,

Abg. Karleneth Rodríguez Castilla.


Exp. Nro. 98-4020-C.
rc.