REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 3 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EJ01-P-2000-000094
ASUNTO : EJ01-P-2000-000094

Visto que en fecha cuatro de Enero del año 2001, se aprobó por ante este Tribunal de Control Nro. 02 un acuerdo reparatorio entre los ciudadanos FRANCISCO JAVIER OCHOA y BLANCA VIANNEY AVILA, identificados en las actuaciones, y siendo que hasta la presente fecha no se había confirmado el mismo a los fines de decidir el sobreseimiento o no de la causa por encontrarse la misma suspendida, este Tribunal acordó fijar audiencia a los fines de verificar el cumplimiento del mismo o no; habiendo asistido el acusado FRANCISCO JAVIER OCHOA la defensa y la Fiscalía en varias oportunidades y habiendose así mismo agotado todas las vías para hacer comparecer a la víctima, no siendo posible; y siendo que el acusado consignó documento que acredita el cumplimiento del acuerdo reparatorio este Tribunal de Control Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECRETA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL y en consecuencia SOBRESEE LA PRESENTE CAUSA por haberse cumplido con el acuerdo reparatorio aprobado en su oportunidad de conformidad a lo establecido en los artículos 34 y 35 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquesele a las partes y una vez firme archívese en su oportunidad. A la victima notificarla con publicación de la boleta en la sede del Circuito de Conformidad a lo establecido en el artículo 181 del COPP.

El Juez

El Secretario

Abog. Iris Yolanda Gavidia Araujo