REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 09 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2004-005767
ASUNTO : EP01-S-2004-005767

SENTENCIA INTERLOCUTORIA DE SOBRESEIMIENTO

Vista la solicitud presentada por el Abg. Alexander Camacho Tremont, en su condición de Fiscal para el Régimen Procesal Transitorio del Ministerio Público del Estado Barinas, en la cual pide el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor de SANTANA DEL CARMEN PACHECO ZAPATA, venezolanoo, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V.-11.194.266, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 318, Ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir sobre tal solicitud hace las siguientes consideraciones:
ÚNICO
Consta del presente legajo de actuaciones, que en fecha 17 de Junio de 1999, Funcionarios de la Pociía del Estado, detuvieron al ciudadano Santana del Carmen Pacheco Zapata, por cuanto que al mismo se le incautó, dos (02) envoltorios de la presunta droga denominada Bazooko, y dos (02) envoltorios de la hierba denominada presumiblemente Marihuana.- Se observa que efectivamente se cometió un hecho punible, del tipificado en el artículo 36 de la Ley Organica de Sustsancias Estuperfacientes y Psicotropicas, que sanciona el delito de Posesión Ilícita de Drogras, que establece una sanción de Cuatro (04) a Seis (06) años de Prisión, en perjuicio del Estado Venezolano; y habiendo transcurrido un tiempo superior al de cinco (05) años y cuatro (04) meses, no es menos cierto que de la denuncia interpuesta no se desprenden mayores elementos que permitan razonablemete la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, no habiendo otro elemento de convicción para sustentar acusación, razón por la cual es obligante DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA . Y ASÍ SE DECLARA de conformidad con la ley.-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, ADMINISTRANDO JUSTICIA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, a favor de Santana del Carmen Pacheco Zapata, por el delito de POSESIÍN ILÍCITA DE DROGAS, Previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Organica de Sustsancias Estuperfacientes y Psicotropicas; todo de conformidad con el Artículo 318 ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano. Publíquese, Regístrese, Notifíquese a las partes, y remítase al Archivo Judicial, una vez que conste en auto Boletas de Notificación libradas.

El Juez de Control N° 05 La Secretaria

Abg. Aldo González Arias Abg. Varyná Mendoza





Se Libraron Boletas Nros______________________En Fecha______________________
AGA/vmb