REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 2 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000109
ASUNTO : EP01-P-2004-000109

AUDIENCIA DE JUICIO ORAL Y PUBLICO
Nueva Oportunidad.-

JUEZ: Abg. Luzmila Mejías Peña
FISCAL: Abg. Belkis Agrinzones
IMPUTADO (S): NIXON RAMON CABEZAS VOLCANES
DEFENSOR: Abg. José Becerra - Abg. Edgar Matheus
VICTIMAS: Hernán Avila Abreu y Ninoska Antunez
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas

En el día de hoy Martes 02 de Noviembre de 2.004; siendo las 11:40 de la mañana, oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y Público en la causa penal, incoada en contra del (la) ciudadano (a) NIXON RAMON CABEZAS VOLCANES venezolano, natural de Barinitas Municipio Bolivar, Estado Barinas, Soltero, nacido en fecha 13-02-1.969, de 34 años de edad, portador de la cédula de identidad N°11.186.335, de profesión u oficio Taxista, hijo de Francisca María Volcanes Camacho (v) y Edecio antonio Cabeza Ortiz (f), residenciado en el Sector El Limoncito, callejón 26, casa 6-75 Barinitas Estado Barinas, Por los delitos de Robo Agravado, Resistencia a la Autoridad y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos y sancionados en los Arts. 460, 219 y 278 del Código Penal Venezolano; Se constituye el Tribunal de Juicio N° 03 a cargo de la Dra. Luzmila Mejías, como secretaria de Sala la Abg. Deicy Cáceres Navas y el alguacil José Luis Ramos; se procede a dejar constancia de la presencia de las partes necesarias, a tal efecto se deja constancia que no comparece la representación Fiscal Abg. Belkis Agrinzones; comparece la defensa privada representada por el Abg. José Becerra quien habiendo sido designado recientemente por el imputado de autos, comparece para manifestar ante el Tribunal la aceptación del cargo y Jura cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al cargo encomendado. Se constata la presencia de las víctimas ciudadanos Hernán Avila Abreu y Ninoska Antunez; el imputado fue debidamente trasladado; En éste estado se deja constancia que la Licenciada Geraldine Vasquez Coordinadora de Partiticipación informó que hasta la presente fecha no ha sido posible la Constitución definitiva del tribunal Mixto de Juicio; En éste orden en virtud de no encontrarse todas las partes necesarias, y por no estar constituido el Tribunal Mixto de Juicio; el Tribunal ACUERDA fijar nueva oportunidad para realizar el Juicio oral y Público correspondiendo para el día LUNES 29 de Noviembre de 2.004 a las 11:30 de la mañana. Se ordena notificar a todas las partes necesarias: Defensa Privada, Abg. Edgar Matheus, Funcionarios, expertos, y testigos promovidos por las partes a los fines de su comparecencia, en la nueva oportunidad fijada, Líbrese oficio a la Oficina de Participación Ciudadana informando sobre la nueva fecha acordada y sobre la tramitación de la Constitución Definitiva del tribunal Mixto; antes de la nueva fecha acordada. Se deja constancia se hicieron reiterados llamados a la Sala de Audiencias, y no se presentaron todas las partes necesarias. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman. siendo las 12:05 del mediodía. Líbrese lo conducente.---------------------------------------------------------------------------
La Juez de Juicio N° 03

Dra. Luzmila Mejías Peña

IMPUTADO:

NIXON RAMON CABEZAS VOLCANES


Defensa Privada:

Abg. José Becerra


Las Víctimas:

Hernán Avila Abreu Ninoska Antunez

La Secretaria de Sala:

Abg. Deicy Cáceres Navas