REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 8 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000588
ASUNTO : EP01-P-2004-000588

JUICIO ORAL Y PÚBLICO
Nueva Oportunidad

JUEZ: Abg. Luzmila Mejias Peña
FISCAL: Abg. Belkis Agrinzones
IMPUTADO (S): YERSON YAIR JAIME FERNANDEZ
DEFENSOR: Abg. Dayana Vivas Guiza
VICTIMA: José Elia Orellana
DELITO: Robo Agravado.
SECRETARIO: Abg. Deicy Cáceres Navas

En el día de hoy Lunes 08 de Noviembre de dos mil cuatro, siendo las 11:30 de la mañana, oportunidad convocada para dar inicio a la Audiencia de Juicio Oral y Público, en la causa penal seguida en contra del (la) ciudadano (a) YERSON YAIR JAIME FERNÁNDEZ venezolano, titular de la cédula de identidad N° V.-17.549.307 que se sigue la presente causa penal, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal Venezolano, Se constituye el Tribunal de Juicio N° 03 a cargo de la ciudadana Juez de Juicio N° 03 Abg. Luzmila Mejías Peña, la secretaria de Sala Abg. Deicy Cáceres Navas y el alguacil José Luis Ramos; En éste orden se deja constancia que la ciudadana Juez Abg. Luzmila Mejías Peña se avoca al conocimiento de la presente causa en virtud de haber sido designada Juez Suplente de Juicio N° 03; Seguidamente, se procede a dejar constancia de la presencia de las partes necesarias a tal efecto se contata no comparece el defensor privado Abg. Rafael Mitilo; Se deja constancia de la comparecencia de la fiscal del Ministerio Público Abg. Belkis Agrinzones; No comparece la víctima; En éste estado se deja constancia que el imputado de autos ciudadano Yerson Yair Jaime Fernández, le solicitó al tribunal se sirviera acordar su traslado desde la Comandancia General de la Policía hasta el Internado Judicial del Estado, en virtud de que allí es mas accesible la visita por parte de sus familiares, con los cuales se le ha dificultado tener contacto, durante su reclusión, y por otra parte por que en la Comandancia de la Policía teme por su vida e integridad física, en virtud de que ha tenido problemas con otros reclusos; En tal sentido en virtud de la solicitud presentada por el imputado, por considerarla procedente éste Tribunal Acuerda su traslado desde la Comandancia General de la Policía, hasta el Internado Judicial del Estado Barinas, a tal efecto, Se ordena librar oficios de traslado dirigidos al Comandante General de la Policía, informándole lo acordado y al Director del Injuba, para que lo reciba, haciendole saber, que a solicitud del imputado éste Tribunal acordó su traslado, y que al referido imputado le fue impuesta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con el art. 250 del COPP por el Tribunal de Control N° 03 en fecha 17-08-2.004, a tal efecto se acuerda remitir anexo al referido oficio, Copia Certificada de la Boleta de Privación Judicial Preventiva de Libertad de fecha 16-08-2.004, a los fines legales pertinentes; Por otra parte en relación a la celebración del Juicio; se deja constancia, que por no encontrarse todas las partes necesarias, éste Tribunal Acuerda FIJAR nueva oportunidad para el día JUEVES 02 DE DICIEMBRE DE 2.004 A LAS 11:00 DE LA MAÑANA. Queda notificada la ciudadana Fiscal. Se ordena librar boletas de notificación a la víctima, al defensor privado, la Fiscalía se compromete a colaborar para hacer comparer a los testigos, funcionarios y expertos promovidos, por el Ministerio Público. Es todo, terminó Se leyó y conformes firman siendo las 12:15 del mediodía. ------------------------------------------------------------------------------
La Juez de Juicio N° 03


Dra. Luzmila Mejías Peña
Ministerio Público:


Abg. Belkis Agrinzones
IMPUTADO (S):

YERSON YAIR JAIME FERNANDEZ La secretaria de Sala:
Abg. Deicy Cáceres Navas