REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 1 de Noviembre de 2004
194º y 145º

ASUNTO: EL01-P-2002-000053.

Visto el Oficio de fecha 30-08-2004 procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, Barinas; junto con el cual remiten a este Tribunal Informe Conductual Final del penado: RUBÉN ALBERTO DELGADO PARADA, titular de la Cédula de Identidad N° 3.246.164; quien disfrutaba del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena y finalizó su régimen de prueba en fecha 29-08-2004 y al efecto señala: “…Sus presentaciones se dieron responsablemente, evitó todo tipo de problemas que le crearan contratiempos conductuales, veló por su grupo familiar y se mantuvo activo laboralmente, considerándose en tal sentido, como un caso ajustado a las indicaciones señaladas por su Delegado de Prueba. Agotado el lapso de probación, dejará de presentarse ante esta Unidad Técnica…”. En consecuencia este Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, de conformidad con el Artículo 479 Ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal y no teniendo más diligencias que practicar en la presente causa, DECLARA CERRADO EL PROCESO, en relación al Ciudadano RUBÉN ALBERTO DELGADO PARADA. Notifíquese a las partes. Líbrense los oficios correspondientes. Con oficio enviar el presente Asunto al Archivo Sede de este Circuito Judicial Penal.

LA JUEZ DE EJECUCIÓN N° 01,

ABG. MARICELLY ROJAS ALVARAY.

LA SECRETARIA,

ABG. CARLA ARAQUE.