REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01

Visto el Convenimiento de Régimen de Visitas suscrito en fecha 15-10-2004, por los ciudadanos LUIS ALBERTO PINEDA FLORES Y GLORIA ESPERANZA BECERRA GRATEROL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-14.662.025 y V-16.189.255, respectivamente, en beneficio de su hijo LUIS ALBERTO PINEDA BECERRA de 06 años de edad procurado por la Fiscalía Sétima de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Barinas, se admite cuanto ha lugar en derecho, donde disponen el siguiente régimen de visitas: “El Padre compartirá con el niño un fin de semanas cada quince (15) días, lo buscará el día sábado en la mañana (09:00 AM) y lo reintegrará el día domingo en la tarde (05:00 PM); las vacaciones y los días feriados serán compartidos y alternados.” Los ciudadanos antes mencionados se comprometen a cumplir con el presente régimen de visitas de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para así garantizar el interés superior de los niños. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda impartir su homologación al convenimiento, lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en auto de copias fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 11 días del mes de Noviembre de Dos Mil Cuatro. (L.S) La Juez Unipersonal Nº 01 (fdo) Abg. Reina de Varela. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, lo certifico en Barinas a los 11 días del mes de Noviembre de Dos Mil Cuatro.-

La Secretaria,

Abog. Sandra Martínez

Exp.Nº S-5163-04
RDV/Deyci.-