PONENTE: DR. TRINO RUBEN MENDOZA ISTURI.


Acusado: José Luis Diamon

Victima: El Estado Venezolano

Delito: Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes

Representación Fiscal Abg. Edgardo Boscan. Fiscal del Ministerio Público.

Defensa Privada: Abgs. Douglas Reverol y Carlos David Contreras.

Motivo: Apelación de Sentencia (Admisibilidad)


Corresponde a esta Alzada conocer del recurso de apelación interpuesto por los Abogados Douglas Reverol y Carlos David Contreras, en su condición de defensores privados del acusado: José Luis Diamon, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 06 de Septiembre de 2004 y publicada el 23 del mismo mes y año, por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual Condenó al acusado: José Luis Diamon, por el delito de Ocultamiento de Sustancias Estupefacientes y Psicotropicas, a cumplir la pena de diez (10) años de prisión. Esta Sala Única de la Corte de Apelaciones a los fines de pronunciarse sobre su admisibilidad, observa:

PRIMERO: El recurso de apelación fue interpuesto por una de las partes a quien la Ley reconoce expresamente el derecho a recurrir, como lo es la defensa del acusado. SEGUNDO: Que el recurso se interpuso en el lapso legal correspondiente, como se evidencia de la certificación de días de audiencias inserta al folio 15 de la presente causa. TERCERO: Que la decisión impugnada es recurrible, según lo dispone el artículo 452 Ordinales 2° y 4° del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, estando llenos los extremos legales antes señalados, por mandato del artículo 437 ejusdem, el recurso de apelación interpuesto por los defensores privados: Abogados Douglas Reverol y Carlos David Contreras, debe ser declarado ADMISIBLE. Y así se decide.


D I S P O S I T I V A


Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; DECLARA: ADMISIBLE el Recurso de Apelación de Sentencia interpuesto por los defensores privados, Abogados: Douglas Reverol y Carlos David Contreras, contra la sentencia dictada en fecha 06 de Septiembre de 2004 y publicada el 23 del mismo mes y año, por el Juzgado Cuarto de Juicio de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual condenó al acusado: José Luis Diamon; en consecuencia, de conformidad con el artículo 455 procedimental, se fija la DECIMA (10) AUDIENCIA, siguiente a la fecha del presente auto de Admisión, a las 10:30 a.m., para que tenga lugar la Audiencia Oral y Pública correspondiente. Notifíquese a las partes.

El Juez de Apelación Presidente. Ponente

Dr. Trino R. Mendoza I.

La Juez de Apelación Vicepresidente, La Juez de Apelación ,

Dra. Yris Peña de Andueza Dra. María Violeta Toro
La Secretaria,

Dra. Carolina Paredes

Seguidamente se cumplió con lo ordenado en autos. Conste.

La Sctria.,

Dra. Carolina Paredes

Asunto: EP01-R-2004-0000087
TRMI/YPDEA/MVT/CP/ydcg..-