Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presenta Causa seguida al adolescente PAOLO FRANCESCO RONDÓN LOIACONO, venezolano, de 16 años de edad, nacido en fecha 07/10/1987, hijo de Rosa Matías Loiacono Santiago y José Gregorio Rondón., dice ser titular de la cédula de identidad N° 18.225.015 con domicilio en el Barrio 2 de Diciembre Avenida Sucre, casa S/N° cerca de la cauchera vulcanizadora Lara, Barrancas, Estado Barinas. A Tales efectos este Tribunal observa: En fecha 30/09/04 fue presentada acusación por la Fiscal Octava Especializada del Ministerio Público, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto en el artículo 460 en relación con el artículo 80 en su primer aparte del Código Penal, en perjuicio del ciudadano José Arelis Dávila. De conformidad con lo previsto en el artículo 571 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente se fijó la oportunidad para la celebración de la Audiencia Preliminar, librándose boletas de citación al imputado, quien no fue localizado para ser citado por cuanto no reside en la dirección aportada, ni tampoco lo conocen los vecinos del sector, tal como consta en boletas de citación cursantes a los folios 62 y 79.
No consta hasta la presente fecha motivo grave o justificado que le haya impedido presentarse a la celebración de la Audiencia Preliminar y actualizar la dirección de su domicilio;