Vistas las actuaciones anteriores en las cuales la Fiscalia Especializada del Ministerio Público, ha solicitado el Sobreseimiento Definitivo, en la presente causa 1C-1044/04, seguida al adolescente: ANDRES SAIN HERNANDEZ, de nacionalidad Colombiano, de trece (13) años de edad, indocumentado, residenciado en el Barrio Monumental del Cantón del Estado Barinas, sin otros datos de identificación. EN RELACIÓN A LOS HECHOS SIGUIENTES:
Consta en autos Acta de Denuncia de fecha 20 de Noviembre del 2003, interpuesta por el ciudadano ALEXANDER RUEDA, Venezolano de veinte nueve (29) años de edad, titular de la cédula de identidad V-13.212.679, casado, obrero, domiciliado en el Barrio Monumental del Cantón, del Estado Barinas, quien denunció: “Yo me encontraba en mi casa, viendo la televisión, siendo aproximadamente las 10 PM hora, cuando escuche unos gritos provenientes de la casa del vecino, pidiendo auxilio por que habían ladrones dentro de su casa. Pedimos ayuda a la Policía y aprehendieron a un adolescente llamado ANDRES SAIN HERNANDEZ, a quien le quitaron un arma blanca, con la que amenazaba a mi vecino”. Además, consta en las actas procesales, Acta de retención de un arma blanca que portaba el adolescente presuntamente imputado, tipo navaja, color plata y con cacha enrollada de trapo azul.
Solicita la Fiscalia Especializada el SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL de la causa de conformidad al Artículo 562 de la Ley Orgánica para La Protección del Niño y del Adolescente, por considerar que no existe la posibilidad de incorporar nuevos elementos que permita el ejercicio de la Acción Penal, en estos hechos ocurridos el 20 de Noviembre del 2003. A tal efecto el Tribunal procede a pronunciarse en los términos siguientes:
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