JUEZA: DRA. MARIA ANGELICA GUTIERREZ CORREA
CAUSA: E-210/2.003
ADOLESCENTE: ROMINA DANIELA REQUENA PIÑERO
DELITO: HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCION DE ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FACILITADORA
FISCAL: ABOG. CARMEN MARÍA LEÓN DE RODRÍGUEZ
DEFENSOR PÚBLICO: ABOG. MARIA GABRIELA VIDAL
SANCIÓN: LIBERTAD ASISTIDA
ASUNTO: CESACIÓN DE MEDIDA


Vistas las anteriores actuaciones que conforman la presente Causa seguida a la adolescente ROMINA DANIELA REQUENA PIÑERO, venezolano, de 18 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.634.372, residenciada en el Barrio Independencia II, avenida Francisco de Miranda, casa Nª 9-84 de esta ciudad, quien fue sancionado a cumplir la Medida de Libertad Asistida, conforme a lo dispuesto en el artículo 620, literal “d” y 626 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por el lapso de Dos (02) Años, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN EJECUCION DE ROBO A MANO ARMADA EN GRADO DE FACILITADORA , previsto en el artículo 408 numeral 1º en relaciòn con el artículo 84 numeral 1º ambos del Código Penal Vigente. Realizada la revisión del computo cursante a los folios ochocientos veinticuatro (824) y ochocientos veinticinco (825), se constata que la medida impuesta se cumplió en fecha 19 de noviembre del 2004.