REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS.-

Barinas, 27 de octubre de 2004.
194º y 145º

Nro. 07-10-04.


Visto el convenimiento celebrado en fecha 19 de los corrientes, por ante el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Barinas de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, por el ciudadano Eduardo Isidro Núñez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 15.368.469, en su carácter de Presidente de la empresa mercantil demandada Ingenierías, Servicios y Suministros Petroleros Compañía Anónima (INGSERPETROL, CA), inscrita por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Apure, y hoy Registro Mercantil del estado Apure, inserto bajo el Nro. 141, folios 243 y siguientes de fecha 21 de marzo de 1998, asistido por el abogado en ejercicio Jesús Alexander Useche Duque, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 37.074, en el presente juicio de cobro de bolívares por intimación, intentado en su contra por el ciudadano Oscar Armando Díaz Mendoza, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 11.190.350; y llenos como se encuentran los extremos a que se contrae el artículo 264 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Barinas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la homologación al convenimiento suscrito por la parte demandada y le da valor de cosa juzgada.
La Juez,
Abg. Reina Chejín Pujol. La Secretaria,
Abg. Karleneth Rodríguez Castilla

Exp. Nº 04-6310-M.
rc.