REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 7 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2004-000590
ASUNTO : EP01-P-2004-000590
Por cuanto éste Tribunal de Control No 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas, en fecha 16 de Agosto del 2004 realizó Audiencia de Calificación de Flagrancia seguida contra el imputado Bladimir Benavides Martínez por el delito de Robo Impropio previsto y sancionado en el artículo 489 del Código penal en perjuicio del ciudadano José Luis Guedez, habiéndose acordado en dicha audiencia una medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad establecida en el artículo 258 del Código Orgánico Procesal Penal, haciéndose efectiva la misma una vez que el Defensor Público consignara los recaudos exigidos por éste tribunal de Control No 03, y verificándose que hasta la presente fecha no hay diligencia alguna por parte del Defensor Público a los fines de solicitar el cambio de la medida por una Caución Juratoria por cuanto se observa la imposibilidad manifiesta de presentar los fiadores, éste Tribunal de Control No 03 de conformidad con lo establecido en el artículo 259 y 263 del Código Orgánico Procesal Penal decreta el cambio de la medida cautelar sustitutiva por una Caución Juratoria consistente en las siguientes obligaciones: 1.) Presentarse cada treinta (30) días ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal del Estado Barinas. 2.) Prohibición de acercarse o tener cualquier tipo de trato o comunicación con el ciudadano José Luis Guedez en su cualidad de víctima. 3.) Prohibición de salida de la jurisdicción del Estado Barinas.
En consecuencia por lo anteriormente señalado, éste tribunal de Control No 03 acuerda el traslado del imputado para el día Viernes 10 Octubre del 2004 a las 9:00 de la mañana a los fines de imponerle las obligaciones inherentes a la Caución Juratoria decretada. Así se decide. Líbrese boleta de notificación a las partes.
JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL No 03
ABG. JOSEFINA LOBOSCO RONDON
EL SECRETARIO
ABG. JUAN CARLOS TORREALBA.