REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 01 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2004-003746
ASUNTO : EP01-S-2004-003746

Vista la solicitud de sobreseimiento que presentó por ante este Tribunal de Control interpuesta por BELKIS AGRINZONEZ DE SILVA a favor de PERSONA DESECONOCIDA, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 4º del Código Orgánico Procesal Penal, a quien se le imputaba la comisión del delito de, HURTO SIMPLE, tipificado en el encabezamiento del Artículo 453, del Código Penal, y a quien según el criterio del fiscal, no se le puede atribuir en consecuencia la comisión del referido delito supra calificado, ya que de las investigaciones practicadas no emergen bases suficientes para solicitar el enjuiciamiento de alguna persona, y menos al referido imputado de autos.
Analizado como ha sido por este tribunal la presente solicitud de sobreseimiento, se encuentra procedente y ajustada a derecho la solicitud de sobreseimiento de la parte fiscal a favor del ciudadano. DESCONOCIDO, fundamentada en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa de conformidad con lo establecido en el numeral 4º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. a favor del ciudadano. DESCONOCIDO, por el delito de Hurto Simple, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 453 del Código Penal, en perjuicio de. Jairo Prada Serrano. Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes, una vez que conste en autos boletas de notificación librads y devueltas.

El Juez de Control No 06

Abog. Perpetuo Reverol Briceño La secretaria
Abog. Nieves Carmona



Se libraron boletas de notificación Nros.____________en fecha_______
PRB/nc