REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 25 de Octubre de 2004
194º y 145º
ASUNTO PRINCIPAL : EP01-P-2003-000678
ASUNTO : EP01-P-2003-000678
AUTO DE DIFERIMIENTO:
Por cuanto la Suscrita Juez se desincorpora de éste Tribunal con el fin de disfrutar de sus vacaciones reglamentarias que le fueron aprobadas por la dirección Ejecutiva de la Magistratura a partir del día 01 de Noviembre del presente año, es por lo que se hace imposible aperturar el juicio en la presente causa tomando en cuenta que el mismo pudiera desarrollarse en audiencias sucesivas y del mismo modo la Lectura y Publicación de la sentencia se haría imposible redactarla y publicarla para la titular del Despacho, razón por la cual se hace necesario fijar nueva oportunidad a fin de garantizar que sea el Juez de la inmediación quien suscriba la sentencia respectiva dando así garantía al cumplimiento del debido proceso. En consecuencia, se fija el día Jueves 25 de Noviembre de 2004, a las 11:00am., para la realización de la Audiencia donde se llevara a cabo el Juicio Oral y Público, Se ordena librar nuevas convocatorias.
La Juez de Juicio N° 03,
Abog. Fanisabel González Maldonado.
La Secretaria;