REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Barinas
Barinas, 15 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : EP01-S-2003-000175
ASUNTO : EP01-P-2003-000057

ACTA AUDIENCIA DE JUICIO ORAL

JUEZ: Maguira Ordóñez
FISCAL: Maritza Rivas
SECRETARIO: Miguel Ángel Vidal
IMPUTADO: Jesús Alexi Varilla
DEFENSOR: Gustavo Rodríguez
VICTIMAS: María Vega de Santos y Roberto Antonio Santos
ABOGADO ASISTENTE DE LA VICTIMA: Marco Aurelio Gómez
ESCABINOS: Senobia María Robles y Ana Victoria Tarazona

En el día de hoy, siendo las 1:00 PM, día fijado para dar inicio al Juicio Oral y Público, en la causa seguida al Acusado JESUS ALEXI VARILLAS, dice ser venezolano, portador de la cédula de identidad N° 16334815, de 23 años de edad, nacido el 08/01/1981, en Pedraza Ciudad Bolivia, Electricista, hijo de Agustina Varillas (V) y de Freddy Contreras (V) residenciado en Barrio las Flores, calle 2, entre avenida 2 y 3, casa no sabe el numero, Socopó Estado Barinas, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, LESIONES INTENCIONALES GRAVES, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Art. 408 Ord. 1°, 417 y 278 del Código Penal Venezolano, APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el Art. 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, perjuicio de Jhonny Javier Santos Bravo (occiso); Se instaló el Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Unipersonal N° 04 a cargo de la Juez Presidente Abg. Maguira Ordóñez, los Jueces Escabinos Senobia María Robles y Ana Victoria Tarazona, el Secretario Abg. Miguel Ángel Vidal, los alguaciles Rafael Piña, en la sala de audiencias N° 04, de este Circuito Judicial Penal, acto seguido la Juez ordena verificar la presencia de las partes y se constata al fiscal del Ministerio Publico Abg. Maritza Rivas y Abg. Rafael Izarra, la defensa Publica Abg. Gustavo Rodríguez, el acusado Jesús Varillas, la victima María Vega de Santos (Hermana del Occiso) y Roberto Antonio Santos (Hermano del Occiso); La juez apertura el acto informando a las partes el motivo por el cual han sido convocadas cada una de estas, de igual manera advierte tanto a los acusados, como a la defensa, fiscalía y público en general, sobre la conducta que deberán tener en el desarrollo del debate oral, Acto seguido se le concede el derecho de palabra al fiscal del Ministerio Publico quien expuso: "Narra las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrieron los hechos, ratifica la acusación fiscal y los medios de prueba plasmados en el mismo, por ser necesarios y pertinentes en el hecho que se investiga, y cumplir los requisitos del Art. 326 del Código Orgánico Procesal Penal, de igual manera se le aplique la pena correspondiente al delito acusado, en contra del acusado JESUS ALEXI VARILLAS, dice ser venezolano, portador de la cédula de identidad N° 16334815, de 23 años de edad, nacido el 08/01/1981, en Pedraza Ciudad Bolivia, Electricista, hijo de Agustina Varillas (V) y de Freddy Contreras (V) residenciado en Barrio las Flores, calle 2, entre avenida 2 y 3, casa no sabe el numero, Socopó Estado Barinas, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, LESIONES INTENCIONALES GRAVES, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto en el Art. 408 Ord. 1°, 417 y 278 del Código Penal Venezolano, APROVECHAMIENTO DE VEHICULO PROVENIENTE DE HURTO O ROBO, previsto y sancionado en el Art. 9 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, perjuicio de Jhonny Javier Santos Bravo (occiso), donde figura como victima la ciudadana María Vega Santos (Esposa del Occiso) y Roberto Antonio Santos (Hermano del Occiso)" es todo, seguidamente se le concede el derecho de palabra a la defensa quien expuso: "Ratifico el escrito de descargos consignado en su oportunidad legal, así mismo las pruebas ofrecidas en su oportunidad legal, se aperture el debate oral y la recepción de las pruebas" es todo, seguidamente se le concede el derecho de palabra al imputado Jesús Alexis Varillas, quien expuso: "Yo me encontraba el día 5 de enero del año 2003, cuando llegó una amigo mío Freddy Rincón, y me dijo que le fuera a arreglar una instalación de la luz, fui y se la arreglé, y me llevó como a las doce del medio día a mi casa, llegué a la casa como a eso de 6 y media a 7 de la noche yo me mude para la casa de mi abuela a eso como a las siete y media llegó un amigo mío llamado Christopher, me invito a dar una vuelta no salí de la casa, y salió con mi hermano Leonardo, como a las ocho y media de la noche llegó el hermano mío al ratico llegó Christopher, llegó todo asustado y como a la media hora después el se fue y nosotros nos quedamos ahí, al otro día salí a la casa de una amiga mía cuando me detuvo la policía, me dio la cola una amiga mía de nombre Lizbeth, en una moto, de ahí me encuentro detenido" es todo, el fiscal pregunta al acusado, "Se deja constancia de que el acusado respondió que portaba un arma de fuego tipo Revólver cuando fue detenido", la defensa pregunta al acusado, el Tribunal pregunta al acusado, en este estado la representación del ministerio publico solicito el derecho de palabra y expuso: "Por cuanto esta representación tiene la continuación del Juicio Oral y Publico con el Tribunal de Juicio N° 01, en la causa EP01-S-2003-3240, solicitamos se suspenda el presente juicio y se fije nueva fecha para la continuación de este juicio" es todo, El Tribunal Oída la exposición de la representación del ministerio Publico, por ser procedente, acuerda y suspende el Juicio Oral y Publico en la presente causa hasta el día Miércoles 20/10/04 a las 11:00 AM, dejando constancia que tanto la representación del ministerio Publico como la defensa se comprometen a realizar las diligencias necesarias a los fines de hacer comparecer a los testigos, funcionarios y expertos promovidos por cada una de esas instituciones, a la fecha fijada para la continuación del juicio oral y publico, ofíciese a los funcionarios, expertos adscritos a los cuerpos de investigación, es todo, terminó, se ordena librar boleta de traslado del acusado para esa fecha, quedan las partes presentes notificadas, se leyó y conformes firman siendo las 01:50 PM.
La Juez de Juicio N° 04
El Fiscal
Abg. Maguira Ordóñez
Abg. Maritza Rivas
La Defensa Pública
Abg. Rafael Izarra
Abg. Gustavo Rodríguez
El Acusado
La Victima
Jesús Alexis Varillas
María Vega de Santos
El Secretario
Roberto Antonio Santos
Abg. Miguel Ángel Vidal

Los Jueces Escabinos

Senobia María Robles Ana Victoria Tarazona

El Funcionario

Oscar Alizio