REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL
ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO N° 01
Visto el Convenimiento de Régimen de Visitas suscrito en fecha 13-10-2004, por los ciudadanos YOEL ESTEBAN GONZALEZ Y MARIBEL DEL CARMEN PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-21.560.217 y V-17.376.249, respectivamente, en beneficio de su hijo JUSTER JOEL GONZALEZ PACHECO de 04 años de edad procurado por el Consejo de Protección del Municipio Barinas, se admite cuanto ha lugar en derecho, donde disponen el siguiente régimen de visitas: “El padre podrá visitar y llevar a su hijo de paseo los días sábado y domingo. Las temporadas vacacionales, semana santa, carnaval, navidad, y año nuevo, el niño compartirá alternadamente con el padre o la madre.” Los ciudadanos antes mencionados se comprometen a cumplir con el presente régimen de visitas de conformidad con lo establecido en el artículo 27 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente para así garantizar el interés superior de los niños. Esta Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda impartir su homologación al convenimiento, lo considera como asunto pasado en autoridad de cosa juzgada y en consecuencia da por terminado el procedimiento.
Publíquese, regístrese y expídanse copias de Ley. Se ordena la devolución de los originales presentados previa certificación en auto de copias fotostática.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Barinas, en Barinas a los 21 días del mes de Octubre de Dos Mil Cuatro. El anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, lo certifico a los 21 días del mes de Octubre de Dos Mil Cuatro.-
La Secretaria,
Abog. Mirta Briceño
Exp.Nº S-5150-04
RDV/Deyci.-
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