REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BARINAS
SALA DE JUICIO - JUEZ UNIPERSONAL N°2
Barinas, 25 de Octubre del 2.004.-
194° y 145°
De la revisión de las actas se evidencia de auto a los folios Nros. 20 y 22, acta de la Audiencia del Presente Juicio y boleta de notificación al Fiscal del Ministerio Público respectivamente, observándose que el día de dicha audiencia no comparecieron ni la demandante, ni el demandado, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial, por lo que no se pudo realizar dicho acto, instando en el mismo a la fiscal del Ministerio y habiendo transcurrido el lapso previsto en el artículo 323 Literal “A” LOPNA, se Declara Desistido el presente procedimiento de VIOLACION A LA OBLIGACION ALIMENTARIA, intentado por la ciudadana ZOLIA EGGLE VENERO, titular de la cédula de identidad personal N°.V.-14.340.205, en contra del ciudadano CARLOS EDUARDO ARANGUREN, titular de la cédula de identidad personal N°V.-15.270.207, padres del niño CARLOS DAVID ARANGUREN VENERO, de cinco (05) años de edad, ordenándose en consecuencia el CESE DEL PROCEDIMIENTO Y EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Devuelvanse los originales cursantes al presente expediente previa su certificación en autos por secretaria a cargo del diligenciante. Diarícese y cúmplase. Siguen firmas ilegibles de la Juez Unipersonal Temporal Nº 2 Abog. Carmen Delfín Román y la Secretaria Abog. Rosana Freitez A. En la misma fecha se libraron las copias certificadas de Ley. Conste la Secretaria Abog. Rosana Freitez A. Siguen firma ilegible. QUIEN SUSCRIBE: Abog. Rosana Freitez A.., en mi carácter de Secretaria de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de ésta Circunscripción Judicial, CERTIFICO: que el anterior traslado es copia fiel y exacta de su original, cursante al folio_________ del Expediente N°C-4532-04, certificación que se hace de conformidad con el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria,
Abog. Rosana Freitez
Exp. Nº C-4532-04
CDR/yelitza.-
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